Nueva batalla judicial a raíz del juicio del Proceso y la negociación política por la investidura. El presidente al exilio, Carles Puigdemont, y los consejeros Antoni Comín y Clara Ponsatí han registrado un escrito al Tribunal Supremo con que piden al magistrado instructor de su causa, Pablo Llarena, que se aparte. El escrito, al que ha tenido acceso El Món, se basa en las manifestaciones del juez en una conferencia en la Facultad de Derecho de Burgos, de la cual esta parte tuvo conocimiento el 12 de septiembre de 2023, donde «se desahogó sobre las eventuales consecuencias y actuaciones que tomaría en el supuesto que se llegara a aprobar una Ley de Amnistía».
Según el escrito, el magistrado, que ha instruido la causa del Proceso y que mantiene abiertas las diligencias contra todo el exilio, ha mostrado que es parcial. «Sus declaraciones no dejan ninguna duda sobre su carencia de imparcialidad e interés directo en esta causa, que obligan nuevamente a su recusación», afirman el exilio en su escrito de incidente de recusación. Además, aportan varios escritos y decisiones dónde, la defensa del exilio entiende que pesaron más los argumentos políticos que jurídicos. Así mismo, su opinión hace prever que el magistrado avanza «una postura sobre cómo, en el hipotético caso de aprobarse por el Poder Legislativo una norma de estas características, hará lo que esté en sus manos para impedir su aplicación a este caso concreto».

La constitucionalidad de una ley que ni existe
El escrito hace referencia a que el pasado 11 de septiembre Llarena habría afirmado que «puede haber un cuestionamiento de constitucionalidad de una posible y futurible Ley de Amnistía. «Si el ordenamiento constitucional permite o no la amnistía, es un primer cuestionamiento de constitucionalidad sobre una ley que ni siquiera existe y, por lo tanto, refleja un posicionamiento apriorístico de quien, llegado el caso, se tendría que pronunciar si es que llega a promulgarse», arguye el escrito.
«Lo mismo hay que decir por el supuesto que esta futurible norma sea constitucional, pronunciándose con palabras como ‘entonces hay que mirar si la posible ley es legítima o si se justifica’, o en el hecho que sostuvo que había que mirar si hay una finalidad constitucionalmente legítima que justifique que se desactiven principios constitucionales fundamentales’”, denuncia el escrito aportante frases literales de las declaraciones del juez. «Desconocemos», ironiza el escrito, «desde cuando la función jurisdiccional pasa por la evaluación de la legitimidad de las normas que emanan del Poder Legislativo, pero parece que la carencia de imparcialidad lleva el magistrado a cuestionar, incluso, la legitimidad de las normas que puedan llegar a gestar, o no, los representantes de la soberanía popular».