El caso Rodalies ya ha llegado a los juzgados. Pero, de momento, debe pagar peaje. El Juzgado de Instrucción número 3 de Vilafranca del Penedès ha dictado providencia en la que tiene por comparecida y parte Acció Cassandra, la entidad jurídica en defensa de la minoría nacional catalana, a raíz de la querella presentada en el procedimiento abierto por el siniestro de la línea R4 de Rodalies de Catalunya en Gelida del 20 de enero de 2026. Un accidente que ha profundizado la crisis crónica que padece el transporte ferroviario español en Cataluña.
En la misma resolución, la jueza requiere el depósito de una fianza de 8.000 euros para que la entidad pueda ejercer la acusación popular contra los responsables de Adif, Renfe y los cargos políticos competentes en materia de seguridad ferroviaria. De hecho, la entidad ha abierto una campaña de micromecenazgo para recoger los fondos y poder continuar como parte en el procedimiento abierto por los delitos de homicidio imprudente, lesiones imprudentes graves y delito contra la seguridad colectiva del artículo 350 del Código Penal.
La querella también pedía la imputación de cargos políticos competentes que tienen alguna responsabilidad en transporte y seguridad de las infraestructuras como el ministro de Transportes Óscar Puente, el presidente actual de Adif Luis Pedro Marco de la Peña, la expresidenta de Adif Isabel Pardo de Vera y el secretario de Estado de Transportes José Antonio Santano, como «responsables últimos de la planificación, financiación y supervisión de un sistema de mantenimiento». De hecho, la base de la querella es que la supervisión y el mantenimiento no habrían sido suficientes y, por tanto, «se habría generado un riesgo catastrófico para la vida y la integridad de los usuarios».

Vía política
Por otro lado, y siguiendo el hilo de la querella, Acció Cassandra presentó, el 31 de marzo de 2026, una petición formal a la Comisión de Peticiones (PETI) del Parlamento Europeo sobre el déficit crónico de inversión en el sistema Rodalies en Cataluña y la vulneración de los derechos fundamentales a la seguridad y a la movilidad, así como del principio de cohesión económica, social y territorial previsto en el artículo 174 del Tratado Fundacional de la UE (TFUE).

