La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto expediente al presidente del gobierno español, Pedro Sánchez, a raíz de una denuncia del PP y Vox. Considera que ha vulnerado la «neutralidad institucional» contemplada en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) durante una rueda de prensa el 30 de junio en Bruselas. Según ha comunicado la JEC, en las respuestas en esta rueda de prensa -que ofreció desde la representación permanente de la Unión Europea- el presidente español vulneró el artículo 50.2 de la LOREG porque hizo bandera de la situación económica del Estado y criticó al PP por «cambiar derechos por votos» en los pactos con Vox en el País Valenciano, Extremadura y otros territorios.

La JEC considera que Sánchez hizo «apreciaciones valorativas sobre supuestos éxitos» para buscar «una valoración favorable» de los espectadores de la rueda de prensa. En paralelo, atribuyó «retrocesos y recortes de derechos en los gobiernos que surgen de acuerdos entre partidos de signo político diferente al de los partidos que apoyan en el gobierno de la nación». La resolución de la JEC asegura que ya ha advertido anteriormente que «los altos cargos de las administraciones públicas están al servicio de todos los españoles» y, por eso, «está absolutamente prohibido utilizar los recursos institucionales que tienen asignados para hacer un uso partidista en beneficio de una determinada facción política».

El presidente español, Pedro Sánchez, sube a un coche para ir a Madrid / Europa Press

Ya había sancionado a Sánchez en el 2020

En enero del 2020 la JEC ya sancionó el presidente español por los mismos motivos y el Tribunal Supremo confirmó aquel posicionamiento. En este sentido, la JEC cree que las manifestaciones de Sánchez han vuelto a vulnerar el artículo 50.2 de la LOREG. El árbitro electoral ha acordado en esta resolución «incoar un expediente sancionador» contra Sánchez. Este expediente tendrá que determinar «el peso de la supuesta responsabilidad» del presidente español. Por último, la JEC insta el presidente español a «dictar las instrucciones oportunas porque durante el que resto de periodo electoral las manifestaciones valorativas indicadas permanezcan retiradas de las páginas y cuentas institucionales».

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