El Parlamento ha aprobado este viernes por la mañana recorrer contra la ley española de vivienda al Tribunal Constitucional (TC). La iniciativa se llevará a cabo gracias a los votos de ERC y Junts, impulsores de la propuesta, y la CUP. Por su parte, el PSC y los comunes han votado en contra de la propuesta, mientras que Vox, Cs y el PP se han abstenido. Durante el pleno ha intervenido la consejera de Territorio, Ester Capella, para explicar que el Gobierno de la Generalitat abrirá conversaciones con el gobierno español para abordar la invasión competencial de la norma.
En referencia a esta ley, el Consejo de Garantías Estatutarias (CGE) ya dictaminó que varios artículos de este documento son inconstitucionales, puesto que consideran que vulneran competencias catalanas en materia de vivienda y urbanismo, así como el principio de autonomía financiera. A partir de este dictamen es que el Parlamento ha podido abordar esta cuestión al pleno. Un pleno que también ha estado muy marcado por los reproches entre Junts y ERC. Por un lado, los de Turull recriminan a los republicanos haber votado a favor de la ley en el Congreso, mientras que desde ERC acusan los juntaires de haberles dejado «muy solo» durante las negociaciones de la ley.

Los artículos a revisar
Las dos formaciones que han impulsado la propuesta piden la revisión de varios artículos. El Parlamento ha aprobado recorrer contra el artículo dos, el de finalidades de las políticas de vivienda; el número 15, del derecho de acceso a la vivienda y ordenación territorial y urbanística; el 16, de vivienda de protección oficial; el 17, de vivienda asequible incentivada; el 18, que hace referencia en la declaración de zonas de mercado residencial tensionado, y al 27, 28 y 29, que hacen referencia a los parques públicos de vivienda. La decisión del Parlamento también aprueba recorrer contra la disposición transitoria primera, que hace referencia a las viviendas calificadas con algún régimen de protección pública antes de la aprobación de la ley, la disposición transitoria segunda, que hace referencia a objetivos del parque de vivienda destinada a políticas sociales, y la disposición final séptima, que se refiere en los títulos competenciales.