La sección tercera de la Audiencia de Madrid lo ha tenido claro. A través de un denso auto de seis páginas al que ha tenido acceso El Món con fecha de 29 de enero, ha ordenado al Juzgado de Instrucción número 15 reabrir el caso de los 33 jueces soberanistas a la vista de nuevos datos que han aparecido que señalan a la policía patriótica como artífice de la filtración de las fotografías y los datos de los magistrados, publicadas en La Razón, que se mostraron favorables al derecho a decidir. De hecho, fue un caso por el cual el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) condenó a España.
La decisión llega después de que un buen número de jueces, defendidos por Andreu Van den Eynde, solicitaron la reapertura del caso a raíz de los audios publicados por El Món, el 31 de agosto de 2022, que, según los magistrados, han hecho «aflorar diferentes fuentes de prueba relativas a lo que se ha llamado Operación Cataluña». En este sentido, se mencionan los audios publicados de «reuniones con otros funcionarios y agentes de la autoridad» que hacían referencia a la preparación de la información sobre los jueces independentistas.
En concreto, los abogados aportaron la grabación correspondiente al 4 de marzo de 2014 en la cual Eugenio Pino, entonces director adjunto operativo (DAO) del Cuerpo Nacional de Policía -y único condenado en relación a la operación Cataluña, con el comisario Marcelino Martín Blas, entonces jefe de la Unidad de Asuntos Internos, el jefe de la Brigada de Información del Cuerpo Nacional de Policía en Cataluña, Pedro Esteban, y el comisario de inteligencia jubilado José Manuel Villarejo. Un cónclave donde además de defender la investigación de los magistrados, explican que se borraron los registros de las consultas de las bases de datos para no dejar rastro, y de qué manera se debía explicar cómo se había llevado a cabo la investigación.

Reapertura
En el momento de la publicación de los datos ya se abrieron diligencias que se archivaron. Pero cuando aparecieron las grabaciones se aportaron en Barcelona y en el mismo Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid que había sobreseído el caso que desestimó la reapertura, el pasado 19 de noviembre. Una decisión que varios jueces recurrieron en apelación, y ahora la Audiencia de Madrid les ha dado la razón. Los magistrados consideran que en ningún caso ha prescrito el delito y que a la vista de los audios se deben practicar diligencias para esclarecer las responsabilidades que correspondan a los funcionarios públicos responsables de la revelación de secretos.

