Por primera vez, y después de las quejas que, incluso, le hicieron al ya exdirector de la Oficina Antifraude de Cataluña (OAC), Miquel Ángel Gimeno, en su última comparecencia en el Parlamento, la entidad ha sancionado a una empresa por represalias a una alertadora. En concreto, la OAC ha abierto el expediente a la empresa Nora, SA, una sociedad dedicada a la recogida y tratamiento de residuos del Consejo Comarcal de la Selva y del Ayuntamiento de Blanes. Todo ello por haber abierto un procedimiento disciplinario a una trabajadora que había denunciado irregularidades.
La base de la sanción a la empresa es que un juzgado social anuló el procedimiento contra la trabajadora al entender que era fruto de una represalia. Con esta sentencia, Antifraude propuso 800.000 euros de multa a la empresa, que presentó alegaciones y pudo rebajarla a 600.000 euros, según ha avanzado la Agencia Catalana de Noticias. Nora SA ha anunciado que recurrirá contra la resolución de Antifraude al considerar la sanción «improcedente y desproporcionada». La noticia llega justo cuatro días después del relevo al frente de la OAC, ahora en manos de Josep Tomàs Salàs.

Un conflicto laboral
De esta manera, Antifraude aplica la potestad que le otorga la ley de 2023. Un texto que le encomienda proteger a los alertadores y sancionar posibles represalias contra ellos. En concreto, este caso es de finales de 2022, cuando una trabajadora solicitó información interna por posibles irregularidades en la contratación de personal, cobro de pluses y control horario. La jefa de recursos humanos, una de las que podría haber cometido y haberse beneficiado de las irregularidades, pidió que se activara el protocolo interno por acoso contra ella misma.
A principios de 2023 la trabajadora que había denunciado las irregularidades llevó el caso a Antifraude e inició una excedencia voluntaria de seis meses, pero al cabo de un mes la sancionaron con seis días de sueldo y trabajo. Un juzgado social anuló la sanción e impuso a Nora, SA, una indemnización a la trabajadora de 7.500 euros. Una resolución que ha servido para justificar la sanción de 600.000 euros que ahora la empresa puede recurrir ante la jurisdicción contenciosa.

