«No tiene sentido que un dentista de un Centro de Atención Primaria tenga el poder de formalizar el documento de voluntades anticipadas sin conocer el paciente y, en cambio, yo que lo conozco de primera mano y tengo trato con su familia no pueda hacerlo». Esta es la situación con que se encontró Meritxell Hernández, enfermera de un centro residencial de Girona, hace unas semanas, puesto que, según queda establecido en la normativa vigente -modificada este mismo 2024- los profesionales que trabajan en residencias no pueden formalizar las declaraciones de voluntades anticipadas (DVA), es decir, el documento formal y oficial dirigido al médico o médica de referencia que cualquier ciudadano puede hacer, sea porque sufre una enfermedad o porque quiere definir hasta donde quiere llegar a ser tratado si acaba sufriendo, por ejemplo, un accidente.

Hasta hace cuatro meses, cualquier ciudadano podía registrar su documento de voluntades anticipadas a través de dos vías: o disponer de tres testigos mayores de edad, sin vínculo familiar hasta segundo grado ni vinculación patrimonial con jefe de ellas, o formalizarlo ante notario, que hace de garante de su voluntad y que certifica que está en plenas facultades. El pasado 7 de abril, pero, entró en vigor la ley 2/2024 -que modifica la Ley 21/2000, del 29 de diciembre, sobre los derechos de información concerniente la salud y la autonomía del paciente-, en la cual se añade una tercera vía de formalizar la declaración de voluntades anticipadas: con un profesional sanitario del ámbito de la atención primaria, hospitalaria o sociosanitaria, preferentemente de los centros de referencia para el paciente. El motivo de este cambio es, tal como queda recogido en el preámbulo de la normativa, es dar una solución al hecho que «el pago de la notaría o el requisito de encontrar tres testigos para formalizar el documento son obstáculos insalvables para muchas personas». Es decir, en otras palabras, que con esta modificación se pretende aligerar las dificultades de mucha gente mayor para hacer estos trámites.

Con esta modificación, pues, los trabajadores de CAP y hospitales pueden ser los fedatarios para formalizar este documento, pero el personal de enfermería de las residencias para gente mayor no, puesto que no están incluidos dentro del ámbito sociosanitario: «Nosotros sabemos de primera mano si la persona que pide hacer las voluntades anticipadas está capacitada mentalmente para hacerlas, por lo tanto, no entendemos por qué quedamos excluidas», lamenta Meritxell Hernández en conversación con El Món, que considera que el personal de enfermería de los centros residenciales está «infravalorado» y «discriminado» en comparación de parte del resto del sector sanitario.

Un paciente ingresado en el hospital Parco Taulí de Sabadell / ACN

El «menosprecio» de las residencias de abuelos

Según relata la enfermera del centro residencial de Girona, al ver que no estaban incluidos dentro del personal sanitario -a pesar de compartir profesión- que puede formalizar las voluntades anticipadas se pusieron en contacto con el Colegio Oficial de Enfermeras y Enfermeras de Girona (COIGI) a través de la asociación Derecho a Morir Dignamente de Cataluña (DMD-Cat). Desde el colegio, pidieron explicaciones a la dirección general de Ordenación y Regulación Sanitaria -del Departamento de Salud, encabezado por el consejero Manel Balcells. La decana del Consejo de Colegios de Enfermeros y Enfermeras de Cataluña (CCIIC), Glòria Jodar, asegura que desde la consejería los respondieron que «los centros residenciales son servicios de acogida residencial, con carácter temporal o permanente, y de asistencia integral, dirigidos a personas grandes que no tienen un grado de autonomía suficiente para hacer las actividades de la vida diaria, que necesitan supervisión constante y que tienen una situación que requiere sustitución del hogar», motivo por el cual en la modificación de la normativa solo se había incluido el sector «sociosanitario» y no el «residencial».

Para Jodar, que coincide con la posición de Meritxell Hernández, esta diferenciación supone un «menosprecio» de las residencias de abuelos y el personal que trabaja: «Se tienen que tener más en cuenta los derechos de las personas del ámbito residencial», apunta. A banda, la decana del CCIIC también considera que la nueva normativa no solo tendría que incluir las enfermeras de las residencias, sino que también tendría que incluir los trabajadores sociales -a pesar de que no son del cuerpo de profesionales sanitarios-, puesto que también forman parte del día a día de la gente mayor: «No estamos hablando de redactar ningún documento, sino de validar que la persona que lo firma tiene plenas capacidades para tomar una decisión sobre cómo quiere ser tratada en un futuro. Es formalizar una declaración, dar fe que la persona fija sus voluntades«, argumenta la decana, la cual considera que es fundamental no hacer una «generalización» sobre «la autonomía» de los abuelos de las residencias, sino evaluarlos «caso por caso».

Un abuelo saliente de una residencia para gente mayor en una imagen de archivo / EP

«Dignificar» la profesión a las residencias de gente mayor

Para las enfermeras es necesario «dignificar» la profesión a las residencias de gente mayor, puesto que, desde la pandemia -donde se situaron en medio del ojo del huracán por la gestión política de estas instituciones con la Covid-, el volumen de personal sanitario que trabaja ha ido disminuyendo, mientras que la cantidad de personas que requieren este servicio a causa de que el envejecimiento de la población continúa creciendo, y todavía lo hará más después de la jubilación de la generación del baby boom. «Algún día todos necesitaremos ingresar en una residencia porque no nos podremos valer por nosotros mismos y, quizás, no tenemos nadie que nos pueda cuidar. El modelo residencial tendrá que cambiar», argumenta Glòria Jodar.

En esta línea, la enfermera de la residencia gerundense Meritxell Hernández considera que un primer paso es «incrementar los salarios», puesto que la diferencia entre sueldo base de enfermería en un centro hospitalario o a la atención primaria y el personal sanitario de la asistencia residencial acaba vaciando, en cierto modo, las plantillas. «Si faltan enfermeras a las residencias, la cura del paciente, que siempre es nuestra prioridad, acaba perdiendo un poco de calidad», argumenta la decana del CCIIC. Esta es una carrera de fondo que hace años que se arrastra, pero que todavía vuelve a reavivarse con la exclusión de las enfermeras de residencias en la potestad para formalizar las declaraciones de voluntades anticipadas.

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