Existe la justicia divina y la terrenal. Pero, si es necesario, ambas pueden coexistir. Es una de las ventajas del estado de derecho, uno de los mejores mecanismos creados por la civilización. Un ejemplo de esto es el caso de unas monjas misioneras que quedaron varadas en Indonesia en un viaje a Timor y que, en su angustia por la situación, y para resolver su situación apátrida, realizaron unas gestiones en las que fueron estafadas por la propietaria de una agencia de viajes, una mujer con un amplísimo y nutrido historial de condenas por estafa en viajes. Ahora, una de los dos acusados añadirá a este currículum una condena de 3 años de prisión y 2.700 euros de multa, además de la responsabilidad civil por el dinero sustraído.

En principio, los dos acusados, Ana y Eduardo, responsables de la empresa Aupa Travel y de Furius Corporation, habían cobrado 20.050,42 euros por tramitar una compensación por los billetes de avión de unas monjas de la congregación religiosa de las Misioneras Hijas de la Sagrada Familia de Nazaret, que, en el verano del año 2022, habían quedado en tránsito en un viaje a Timor porque no tenían los visados para aterrizar en una pista doméstica de Indonesia en el aeropuerto de Kuala Lumpur. La congregación confió en Ana y su agencia, por recomendación de una «congregación amiga», pero fue un fraude que ahora ha quedado probado por una interesante sentencia de la sección 21 de la Audiencia de Barcelona tras el juicio, celebrado el pasado 16 de febrero.

Una resolución de la cual ha sido ponente la magistrada Isabel Delgado Pérez, quien ha manifestado la opinión unánime del tribunal con una expresividad rotundamente clara, comprensible y extraordinariamente cuidadosa con el principio de presunción de inocencia. Tanto es así que ha excluido del delito a Eduardo, a pesar de ser administrador de la empresa y pareja de Ana, porque considera que no ha quedado del todo acreditado que tuviera un conocimiento exhaustivo de unos hechos que ha concluido que era una estafa.

Parte dispositiva de la sentencia con la que se condena por estafa a la propietaria de una agencia de viajes que engañó a unas monjas varadas en Timor/QS
Parte dispositiva de la sentencia con la que se condena por estafa a la propietaria de una agencia de viajes que engañó a unas monjas varadas en Timor/QS

«Un ardid»

Según la sentencia, la acusada, aprovechándose de una situación «de extrema urgencia y necesidad» que suponía repatriar a algunas hermanas misioneras desde Kuala Lumpur, «ideó un plan con el objetivo de asegurar que la congregación le transfiriera 20.050,42 euros». El plan consistía en fingir la apertura de una reclamación con la que su agencia de viajes, AUPA TRAVEL SL, solicitaba una indemnización a la aseguradora AXA —con la que afirmaba haber contratado una póliza para este tipo de situaciones— por los daños causados a la congregación a consecuencia de que el avión que transportaba a las monjas no aterrizara en una pista de tránsito sino en una pista doméstica. Al no tener visado, no podían acceder al país y, por lo tanto, permanecieron retenidas, deportadas y confinadas.

Ana aseguró que la apertura de este expediente –que resultó falso– permitiría recuperar el costo de los billetes perdidos y una compensación que rondaba unos 2.000 euros por pasajero. Elaboraron el expediente con «apariencia de legalidad, pero sin corresponder a la prestación efectiva de ningún servicio». Una vez la condenada recibió el dinero de la congregación, «se desentendió del asunto, sin devolver ni el dinero ni la compensación acordada.» «A pesar de los esfuerzos extrajudiciales realizados por la congregación religiosa para llegar a un acuerdo y recuperar el dinero transferido, no pudieron conseguir que se les devolviera», añaden los togados.

La acusada, en la vista oral, insistió, en una declaración caótica, que ese dinero se utilizó para pagar los billetes de regreso. Pero, la excusa no ha servido de nada, a la vista de la prueba documental aportada y de la «precisión y sinceridad» de los testimonios de las víctimas. De hecho, la ponente califica la estrategia para conseguir los 20.050,42 euros «de ardid que hizo caer a la congregación» en un engaño y generó un beneficio patrimonial a la acusada, sin que se haya acreditado la corresponsabilidad de su pareja.

Una imagen de Misioneras Hijas de la Sagrada Familia de Nazaret/Twitter de la Congregación
Una imagen de Misioneras Hijas de la Sagrada Familia de Nazaret/Twitter de la Congregación

3 años de prisión

Aunque el ministerio fiscal, representado por Javier Faus, reclamaba 4 años de prisión y 12.000 euros de multa, así como una responsabilidad civil de 20.050,42 euros, casi lo mismo que la acusación particular, el tribunal ha decidido imponer una pena de tres años por un delito de estafa del artículo 248 del Código Penal, agravado por reincidencia, y una multa de 2.700 euros, más la responsabilidad civil de los 20.050,42 euros. La sentencia ha hecho como lo que escribió Mateo en su evangelio: «Dad al César lo que es del César, y a Dios lo que es de Dios». La pena para la estafadora y el dinero para las monjas.

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