Nuevo ataque de la Junta Electoral Central a los líderes independentistas exiliados. El órgano electoral niega la acreditación como eurodiputado a Toni Comín, cabeza de lista de Juntos el pasado 9-J, por no haber «cumplido el requisito de juramento o promesa de acatamiento de la constitución» ante la misma YAZCO, a Madrid. Así, la autoridad española ignora la jurisprudencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea que, en el caso de Oriol Junqueras, resolvió que la condición de europarlamentario se adquiere «en la misma elección»; y no a raíz de los procedimientos que prevé la Ley Orgánica del Régimen General (LOREG) española.

Desde el ente español aseguran estar «avalados» por el Tribunal Supremo, que ya aclamó la decisión de dejar sin acta el mismo Comín, así como el presidente al exilio Carles Puigdemont y Clara Ponsatí, a los últimos comicios en el Eurocámara. Ya a semillas, el Parlamento Europeo concedió el derecho de los eurodiputados exiliados a ocupar su escaño, desbordando la revuelta de la judicatura y las autoridades electorales españolas. De este modo, todos los electos a la circunscripción electoral del Estado el 9-J han podido confirmar su condición de eurodiputado con la excepción del juntaire -y de la socialista Alícia Homs, que recogerá el acta más adelante, dado que se encuentra en avanzado estado de gestación-.

El presidente al exilio, Carles Puigdemont, junto al candidato a las europeas, Toni Comín / ACN
El presidente al exilio, Carles Puigdemont, junto al candidato a las europeas, Toni Comín / ACN

Cinco días para prometer la constitución

Contraviniendo la decisión de la justicia y el legislativo europeo, la YAZCO obliga los eurodiputados a «prometer o jurar la constitución» ante el mismo órgano en un plazo de cinco días. El eurodiputado catalán, justo es decir, no puede viajar a Madrid a recoger el acta de diputado por los obstáculos de la judicatura a la aplicación de la ley de amnistía, publicada al BOE -y, por lo tanto, vigente- desde principios del mes de junio. Comín tendría, así, cinco días para cumplir con esta obligación; sin la cual «la YAZCO declarará vacante los escaños correspondientes a los diputados que no hayan acatado la constitución». La negativa a confirmar el acta, continúa la norma española que invoca la Junta, la suspensión de «todas las prerrogativas que los puedan corresponder por razón de su cargo».

Lo no a Comín, continúa la YAZCO, se ejecuta «sin perjuicio de su interpretación conforme de la sentencia del TJUE del 19 de diciembre del 2019», que reconocía a Oriol Junqueras la condición de eurodiputado a raíz de «la misma elección». Justifica esta contradicción de acuerdo con la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que confirmó «» este criterio a raíz de la decisión del tribunal de la UE. De este modo, «mientras se mantenga en vigor el artículo 224,2 de la LOREG, la administración electoral tiene el deber de continuar aplicándolo».

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