La ofensiva de la internacionalización del Proceso por la vía de la justicia europea está abriendo varios frentes en el Estado. Ayer mismo, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) remitió a España las tres cuestiones y preguntas que quiere que la Abogacía del Estado responda de manera clara a raíz de las demandas presentadas por el exvicepresidente del Parlamento, Josep Costa, el exsecretario de la cámara catalana, Eusebi Campdepadrós y el grupo parlamentario de Junts per Catalunya en la legislatura pasada. Esta misma mañana, el equipo legal de Campdepadrós, que coordina el abogado Jordi Pina, ha presentado un escrito ante la sala de lo penal del Tribunal del Supremo, que preside Manuel Marchena.

El objetivo del escrito, de tres páginas y al que ha tenido acceso El Món, es que «valore» esta «circunstancia novedosa» en la resolución del recurso de casación que presentó contra la sentencia de la sala de lo civil y Penalti del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) que les absolvía de un delito de desobediencia para tramitar resoluciones parlamentarias de reproches a la monarquía y sobre el derecho a la autodeterminación. Un recurso que quiere desmontar el relato y que la sentencia recoja la vulneración de derechos políticos como la inmunidad parlamentaria y la libertad de expresión y reunión. En cambio, el ministerio fiscal también recurrió la absolución, pero, en este caso, para pedir condena.

Imagen de archivo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en Estrasburgo | ACN
Imagen de archivo del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) en Estrasburgo | ACN

Las tres preguntas

Así, el escrito registrado hace saber a la sala de lo penal del Supremo, que recuerda a los magistrados que ya se aportó la demanda al TEDH cuando se recurrió la admisión de la querella presentada por el ministerio fiscal. Es decir, cuando el TSJC dictó la interlocutoria con la que tramitaba la denuncia de fiscalía por las resoluciones parlamentarias que según el Tribunal Constitucional no se podían debatir en la cámara catalana, Campdepadrós presentó un recurso de súplica aportante la demanda. Es decir, que la judicatura española tenía perfecto conocimiento de la vía judicial europea del caso.

Una vez se han admitido las tres demandas, y se han unificado en un mismo procedimiento, el TEDH ha pedido al Reino de España aclarar el valor de la soberanía del Parlamento y de sus diputados, cuál es el límite de los derechos políticos de los diputados catalanes según el sistema constitucional español y, en último término, si la potestad del Tribunal Constitucional de abrir diligencias penales es respetuoso con las condiciones que requiere un proceso judicial para ser «equitativo». El TEDH formula las tres preguntas en relación con el Convenio Europeo de Derechos Humanos y las vulneraciones denunciadas por los tres demandantes de sus artículos.

Jordi Pina, este mediodía, a las instalaciones de su despacho penal
Jordi Pina, este mediodía, a las instalaciones de su despacho penalista

Las posibilidades futuras

La maniobra de la defensa de Campdepadrós tiene una intención de fondo y es advertir al Tribunal Supremo de que la justicia europea está mirando con lupa las «coacciones» en el Parlamento de Cataluña por parte del gobierno español, el ministerio fiscal y la abogacía del Estado. Por lo tanto, la «valoración» solicitada es que antes de tomar en deliberación el caso tengan presentes las preguntas formuladas por el TEDH, que ya son una buena pista de cuál será el objeto y el motivo de la futura resolución de los magistrados europeos.

De aquí se podría deducir, que atendido la relación entre los dos procesos, tanto por las personas implicadas como los hechos, el Supremo podría dilatar su resolución a la espera de la decisión europea o bien fermar su criterio en una doble posibilitado. Por un lado, ratificar la sentencia del TSJC o, por la otra, admitir el recurso de fiscalía y condenar al margen del que pueda decir la justicia europea.

El juez Manuel Marchena
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