La poderosa sala del contencioso–administrativo del Tribunal Supremo pulsa el acelerador ante un caso de recurrente discriminación lingüística contra el catalán por parte de un juez, José Miguel Jiménez, que ejercía en Granollers (Vallès Oriental). Según ha podido saber El Món, la historia se remonta hasta octubre de 2020, cuando la letrada del juzgado —el cargo antes conocido como secretaria o secretario judicial— de instrucción 3 de la capital vallesana denunció ante el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) varias faltas disciplinarias del juez sustituto que ejercía en aquel momento. Entre estas quejas destacaba la negativa del togado “a firmar resoluciones en catalán” o prohibir su uso entre los funcionarios o a las vistas. Un uso del catalán ya residual en los tribunales.
El CGPJ abrió una diligencia informativa e hizo ir a declarar al juez denunciado para que explicara su versión de los hechos. El responsable de la acción disciplinaria decidió archivar la denuncia alegando no veía ninguna infracción en el hecho que no quisiera firmar resoluciones en catalán, porque como juez tiene la potestad de elegir la lengua oficial de sus resoluciones. Incluso, el “trato irrespetuoso” que denunció recibir la letrada de la administración de justicia lo justificó porque “utilizaba el catalán” a pesar de saber que el juez lo desconocía. La secretaria judicial, no obstante, no se dio por vencida e interpuso un recurso de alzada contra la decisión del Consejo General, que también fue desestimado.

Hacia el Tribunal Supremo
Después de la segunda negativa del CGPJ, la letrada del juzgado todavía decidió continuar adelante con la denuncia y ha presentado un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Supremo que ha dirigido el abogado Josep Rosell, miembro del Grupo de Abogados Independientes. Los recursos judiciales contra las decisiones disciplinarias del CGPJ se dirigen directamente al alto tribunal. La sorpresa ha sido, pero, la rapidez con que la sala ha admitido el recurso —el pasado 20 de septiembre—, ha dado veinte días a la Abogacía del Estado para que presente un escrito de respuesta en un máximo de 20 días y le ha remitido todo el expediente administrativo. Curiosamente, este recurso es el segundo de este tipo que el Supremo ha recibido este año.
El Consejo General del Poder Judicial, a pesar de que carga contra la denuncia, no niega en ningún momento los hechos, que reconoce el juez. En concreto, admite haberse negado a firmar resoluciones en catalán. Tanto el juez denunciado como el Consejo alegan en su resolución que “es ajustado a derecho que el juez pueda decidir el idioma oficial de sus resoluciones”. Así mismo, acusó de “conducta desafiando y grosera” la letrada para dirigirse en unas actuaciones en catalán cuando sabía que “desconocía el catalán”. Una tesis que abona el instructor de la acción disciplinaria. Ahora el Supremo tendrá que decidir si el Consejo no investigó bastante el caso o si blindó el magistrado ante las denuncias de la letrada.