Las conclusiones del abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) han servido para añadir más argumentos a la petición del exilio al Tribunal Constitucional para que retire las órdenes de detención. Esta es la nueva fase que ha abierto la defensa del presidente y del consejero en el exilio, Carles Puigdemont y Toni Comín. En un escrito de 7 páginas al que ha tenido acceso El Món, el equipo que dirige Gonzalo Boye reclama la suspensión cautelar prevista en el artículo 56 Ley Orgánica del Tribunal Constitucional, para que, mientras se tramita el recurso de amparo por la inaplicación de la ley de amnistía, anule las órdenes de detención emitidas por el juez instructor del Procés, Pablo Llarena.

En concreto, la defensa recuerda que si no se levanta esta suspensión se podría producir un «perjuicio irreparable que haría perder la finalidad al recurso de amparo». En este sentido, remarca que la valoración que debe hacer el tribunal debe integrar el derecho interno, el marco constitucional y el contexto jurídico europeo aplicable. Y aquí es donde esgrime, tanto las sentencias, de momento tres, que avalan la constitucionalidad de la ley de amnistía y, por otro lado, las conclusiones del abogado general del TJUE que a raíz de las cuestiones prejudiciales también certifica la coherencia de la ley del olvido penal para el independentismo con el derecho europeo. En caso de que se estime la petición del escrito, Puigdemont y Comín podrían volver sin riesgo a ser detenidos a causa del juicio del Procés.

El presidente del TC, Conde Pumpido, en el último pleno celebrado en Cádiz/Europa Press/Nacho Frea
El presidente del TC, Conde Pumpido, en el último pleno celebrado en Cádiz/Europa Press/Nacho Frea

Dos parámetros que convergen»

De esta manera, el escrito enfatiza que estos dos parámetros son «convergentes» y «refuerzan el deber de asegurar que el recurso de amparo no pierda la finalidad sin más excusas ni dilaciones injustificables». Es decir, que «una ley declarada constitucional no puede ser privada de eficacia práctica por la persistencia de medidas penales restrictivas». «La fase cautelar no se puede convertir en un instrumento para reabrir indirectamente un debate constitucional ya cerrado», sostiene la defensa del exilio.

En la misma línea, apunta que es necesario añadir la «dimensión europea, incorporada por las conclusiones del abogado general del TJUE». Aunque subraya que las conclusiones no son vinculantes sí que resalta que «tienen una autoridad interpretativa indiscutible, ya que el mismo Abogado General señala que la amnistía pertenece a la competencia exclusiva de los estados miembros» . Además, el abogado general puntualizó claramente «la oportunidad, el alcance y el contenido de una amnistía quedan fuera del control del derecho de la Unión». «Este tipo de afirmaciones tienen un impacto directo en la ponderación cautelar, al disipar cualquier duda sobre la validez europea de la norma», arguye Boye.

En conclusión, el escrito argumenta que tanto el TC como el Abogado General, defendiendo la constitucionalidad y el respeto por el derecho europeo de la amnistía, permiten considerar la ley de «plenamente eficaz y aplicable durante la tramitación» del recurso de amparo. De hecho, reclama aplicar el «fumus boni iuris» -la apariencia de buen derecho- que exige «asegurar la protección cautelar para evitar daños irreparables. «No hay ninguna duda jurídica razonable que justifique la persistencia de órdenes de detención en un escenario en que tanto el derecho nacional como el europeo avalan la eficacia inmediata de la ley de amnistía», sentencia el recurso. Así entiende que el levantamiento de la orden de detención es «jurídicamente obligada para garantizar la efectividad del recurso de amparo y evitar la lesión irreversible de los derechos fundamentales» de Puigdemont y de Comín.

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