Demasiada ropa y muy poco jabón. Esta es una de las razones esgrimidas por el magistrado Wenceslao Olea para rechazar la proposición de ley orgánica de amnistía. Así lo escribe en su informe, como miembro del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), sobre el texto que el Senado ha reclamado a la institución en el trámite legislativo de la cámara alta. Olea ha presentado un informe que carga duramente contra la ley y que se contrapone a otro informe, de la magistrada Mar Cabrejas, que defiende la plena constitucionalidad de la ley, a pesar de que con algún matiz. Ambos informes se someterán a debate y votación en el plenario del Consejo previsto para el 21 de marzo.
Olea critica desde el primer momento la “deficiencia técnica de la ley” y concluye que es inconstitucional. Incluso, opina que vulnera el derecho a la igualdad consagrado en el artículo 14 de la Constitución. Ahora bien, resulta bastante llamativo, e incluso un punto entrañable, el hecho de que el magistrado refunfuñe porque la ley supondrá más trabajo para los jueces y los magistrados. En este sentido, pone en entredicho que los plazos se puedan cumplir y ve complicado que los efectos de la ley puedan ser inmediatos.

“Sometería a los jueces a un ritmo de trabajo más intenso”
En su escrito, el magistrado Olea sugiere la supresión de la tramitación judicial preferente y urgente de la amnistía y con los plazos máximos tajantes que prevé el texto. Una petición que no se basa en una vulneración de derechos ni de legalidad o, ni siquiera, en un defecto técnico. La razón argüida por el juez es que la aplicación de la amnistía dará más trabajo a los juzgados.
Así, el miembro del CGPJ considera que este sistema “va en detrimento de los retrasos ya acumulados en muchos órganos jurisdiccionales de la orden penal”. “Esta regulación perjudicaría, injustificadamente, los ciudadanos los procedimientos de los cuales se encuentran pendientes de resolución y sometería los miembros de la Carrera Judicial a un ritmo de trabajo más intenso del que ya se realiza”, sentencia el juez.
La velocidad que espolea la ley, por ejemplo, en la retirada de los antecedentes penales, también es un problema para Olea. En esta línea, apunta que sobre los efectos de la amnistía sobre la responsabilidad penal “la aplicación judicial automática e inmediata de determinados efectos resulta muy difícil de acordar con la prisa que se pretende”. Así, razona que “en todo caso requerirá una motivación que ya aportará, si procede, los elementos para dictar directamente la resolución definitiva”. Es decir, que no hay que correr que la resolución de la amnistía aportará los efectos que el juez considere necesario.