La próxima semana, el juicio contra los Pujol Ferrusola entra en el sprint final. Solo quedan declaraciones de cuatro de los imputados y será el turno de las conclusiones de las partes, las defensas y las dos acusaciones, la fiscalía y la abogacía del Estado. Y, posteriormente, los informes finales, que deberán sintetizar las conclusiones de la larga y densa prueba que se habrá practicado en casi una cuarentena de sesiones. Y habrá dos cuestiones relacionadas con las prácticas bancarias andorranas y una interlocutoria de la justicia del Principado que serán claves para esclarecer las responsabilidades penales de la familia acusada y los límites que la instrucción habría sobrepasado.

Por un lado, lo que se conocía como compensaciones bancarias de efectivo, una práctica legal hasta 2015, de las cuales el juez instructor consideraba que había participado Jordi Pujol Ferrusola pero que generó una querella en Andorra interpuesta por el primogénito del expresidente contra la Banca Reig, a la que acusa de maniobrar con su dinero a sus espaldas. Por otro lado, están las limitaciones que la justicia andorrana expuso, negro sobre blanco, a los tribunales españoles sobre qué uso podían hacer, y con qué limitaciones, de la documentación que les remitieron a través de una comisión rogatoria internacional. Precisamente en la tramitación de esta documentación apareció un documento lo que parece una firma pero sin ningún nombre que identifique de quién es, con el sello de la Audiencia Nacional, que ha despertado todo tipo de suspicacias.

El tribunal del caso Pujol mientras escuchaban a Jordi Pujol Ferrusola
El tribunal del caso Pujol mientras escuchaban a Jordi Pujol Ferrusola

Las compensaciones

Uno de los puntos más oscuros de la instrucción del caso, que estuvo en manos del magistrado José de la Mata cuando era titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 de la Audiencia Nacional, fue una serie de ingresos y transferencias entre Jordi Pujol Ferrusola y otras personas sin ninguna relación o conocimiento pero que eran clientes de la misma entidad donde el hijo mayor del expresidente tenía sus cuentas, la Banca Reig, que posteriormente se transformó en Andbank. Era una muestra de lo que se llamaban «compensaciones», una práctica bancaria de reparto de dinero entre diferentes depositantes de un mismo agente bancario para disimular la entrada de efectivo.

De hecho, era un servicio que ofrecían los bancos andorranos a sus clientes extranjeros y consistía en intercambiar dinero en efectivo entre unos y otros. Es decir, si un cliente necesitaba efectivo en Barcelona y otro quería llevarlo a Andorra, se hacía el cambio en el lugar donde se encontraba el cliente que necesitaba el cash. Por otro lado, el compensador, quien recibía el dinero, también hacía de cartero y llevaba dinero en efectivo a Andorra a nombre de los clientes. El gestor bancario los repartía en falsos ingresos entre los clientes y luego lo compensaba con transferencias, simulando un traspaso interno entre cuentas para evitar hacer ingresos de golpe en una sola cuenta.

Este sistema fue anulado en Andorra para transacciones superiores a 3.000 euros el 4 de mayo de 2015, a través de un comunicado técnico de la Unidad de Inteligencia Financiera de Andorra (UNIFAND) de 28 de noviembre de 2014, tal como informó el mismo Síndico General de Andorra, en una respuesta parlamentaria a la que ha tenido acceso El Món.

Respuesta parlamentaria donde se explica cómo se acabó con las compensaciones en Andorra/QS
Respuesta parlamentaria donde se explica cómo se acabó con las compensaciones en Andorra/QS

Ingresos y traspasos de Jordi Pujol Ferrusola

Jordi Pujol Ferrusola siempre ha sostenido y defendido que nunca utilizó este sistema y que nunca permitió que se utilizara su cuenta para hacer operaciones de este tipo. Al fin y al cabo, era perfectamente factible, según fuentes de los gestores bancarios de la época y de los que declararon en la vista, que los que supuestamente hacían las transferencias o eran supuestos beneficiarios ni se dieran cuenta, por el mismo sistema establecido para hacerlo, simples boletos de ingreso o transferencia.

La sorpresa fue que, con la documentación remitida a España a través de la Comisión Rogatoria Internacional a Andorra, la Banca Reig aportó 30 boletos de transferencias que se identificaban con este sistema de compensaciones. Inmediatamente, la defensa legal de Jordi Pujol Ferrusola interpuso una querella por un delito de falsedad contra Oriol Ribas, posteriormente vicepresidente de Andbank, y los gestores bancarios de Banca Reig, por haber enviado una información de «movimientos con destino u origen en su cuenta» a principios de los años noventa del siglo pasado.

Jordi Pujol Ferrusola, en el momento de declarar
Jordi Pujol Ferrusola, en el momento de declarar

Ni en el escrito de acusación

En la querella, Pujol Ferrusola recriminaba que con ninguna de las personas implicadas en estos movimientos había tenido ninguna relación, fuera contractual, de negocio o de conocimiento. De hecho, solo reconoce a una, el caso de Núria Villena, que se detalló en instrucción y en la vista oral y que respondía a un ingreso por el proyecto de llevar universidades norteamericanas a Andorra, algo que no prosperó en el Principado y sí, en cambio, con el Ayuntamiento de Barcelona de Pasqual Maragall. La querella en Andorra fue archivada porque entendían que los hechos habrían prescrito. En cualquier caso, la jueza aprovechó para remarcar que las compensaciones eran una actividad legal en Andorra. Un archivo que llegó al Tribunal Constitucional.

Curiosamente, ninguna de las supuestas compensaciones fue incorporada por el ministerio fiscal en el escrito de acusación. Sin embargo, todos los supuestos implicados han pasado por el estrado de los testigos durante el juicio: ciudadanos catalanes que tenían cuentas en Andorra, muchos de ellos, de muy avanzada edad -el mismo fiscal renunció a su testimonio en muchos casos; algunas confusiones clamorosas, como una docente que nunca había tenido dinero en Andorra; y el resto, que aseguraron no tener ninguna relación con Jordi Pujol Ferrusola, como él mismo había insistido desde 2015, cuando se recibió la respuesta con la documentación proveniente de Andorra. La prueba testifical es una de las armas de la defensa que han remachado sobre este sistema que el sistema bancario andorrano promocionó hasta el año 2015.

El documento apócrifo enviado por la Audiencia Nacional a Andorra/QS
El documento apócrifo enviado por la Audiencia Nacional a Andorra/QS

El misterioso «resumen» y los límites del uso de los documentos

Uno de los otros puntos oscuros de la instrucción que ha dejado en evidencia la vista oral ha sido el uso que se ha hecho de la documentación remitida por parte de la justicia andorrana a raíz de la comisión rogatoria internacional emitida por la Audiencia Nacional. Dos hechos han añadido dudas sobre la legalidad de la investigación. En primer término, cuando los tribunales andorranos recibieron, el cinco de agosto de 2014, la comisión rogatoria, la jueza andorrana pidió, el 13 de agosto, una ampliación sobre los hechos de los cuales se acusaba a Jordi Pujol Ferrusola y su esposa, Mercè Gironès, para poder acotar mejor la información que podrían transmitir. Todo porque la jueza no tenía claro si los delitos por los cuales se investigaba al primogénito del expresidente catalán también se podían considerar delito en Andorra. Es decir, si cumplían con el principio de doble incriminación.

La respuesta llegó al día siguiente, el 14 de agosto, con una velocidad inédita. El documento se titulaba: «Asunto: Resumen de la investigación y de los hechos objeto de instrucción«. Un documento con membrete de la administración de justicia española, pero, con una firma sin el nombre del supuesto firmante. Un documento de autoría no identificada donde se replicaban conclusiones de los informes de la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal de la UDEF, sin que llevara el nombre del juez ni del secretario judicial. Solo una firma misteriosa. Un documento escrito el viernes antes de la fiesta de la Virgen de Agosto, en plena canícula y periodo de vacaciones. El ministerio fiscal andorrano, que había colaborado con la fiscalía española, informó favorablemente a tramitar la comisión rogatoria.

Finalmente, la jueza del caso dio la orden de remitir la información. Sin embargo, puso condiciones clarísimas. Por un lado, advirtió a España que la información enviada no se podía utilizar para la «persecución del delito de blanqueo cuando el delito subyacente fuera el fraude a la hacienda pública». El motivo es que no era uno de los delitos previstos como delito de origen del blanqueo de acuerdo con la jurisprudencia de los tribunales andorranos. Asimismo, advertía que tampoco se podían utilizar los documentos para incriminar a Jordi Pujol de delitos contra la Hacienda Pública porque este delito no existía en Andorra. Esta es una de las líneas estratégicas de la defensa que se ha evidenciado en la prueba documental, testifical y pericial practicada en el juicio: los delitos de fraude fiscal y de blanqueo que se imputan a Jordi Pujol Ferrusola se han articulado en una documentación que, precisamente, no se podía utilizar para acusarlo de estos delitos.

Parte de la interlocutoria de la jueza que no permitía utilizar una documentación que las acusaciones han utilizado/QS
Parte de la interlocutoria de la jueza que no permitía utilizar una documentación que las acusaciones han utilizado/QS

Comparte

Icona de pantalla completa