Avance significativo en el caso de la investigación judicial por el espionaje con Pegasus a Gonzalo Boye, abogado del presidente en el exilio Carles Puigdemont. La titular del Juzgado de Instrucción 29 de Madrid, Cristina Díaz, ha dictado una providencia por la cual ordena citar a varios testigos implicados en el caso del software espía así como a las empresas responsables de su fabricación, comercialización y distribución para que aporten los documentos de venta y suministro de Pegasus con cualquier administración española.
La providencia, a la que ha tenido acceso El Món, reclama a las empresas Q Cyber Technologies LTD, NSO Group Technologies LTD y OSy Technologies, SARL, los papeles de las adjudicaciones. Así exige la entrega de la «documentación acreditativa de todos los contratos, convenios o cualquier clase de acuerdo que se haya suscrito con el gobierno de España, el Centro Nacional de Inteligencia (CNI) o cualquier otro organismo o empresa pública o privada española o que trabaje con entidades españolas, para el uso del software “Pegasus” en el territorio español». Ahora bien, una documentación que también podría reclamar a la administración española.

Trabajo para encontrar domicilios
De hecho, la providencia alerta que no tiene las localizaciones ni los domicilios de los testigos para practicar los requerimientos. Así ordena facilitar los datos de John Scott-Railton, William Marczack, Bahr Abdul Razzak, Siena Anstis, Gozde Bocu, Salvatore Solimà y Ro Deibert. Todos ellos con alguna relación con las empresas denunciadas o bien, responsables financieros de las mismas a través de entidades bancarias extranjeras fuera del territorio español o israelí. Fuentes del caso aseguran que algunos de los domicilios ya han sido aportados.
En todo caso, la decisión se ha tomado una vez la Audiencia de Madrid dio la razón a Boye y reabrió el archivo que se había dictado en primera instancia. Los magistrados concluyeron que había suficientes indicios que justifican la continuidad de la instrucción. De hecho, la resolución, admitía que el informe emitido por The Citizen Lab, recogía unos dieciocho intentos de intrusión en el móvil del abogado entre enero y mayo de 2020. El hecho de que la jueza de instrucción no diera suficiente credibilidad al informe no convenció como motivo de archivo a la sección quinta. Además, los togados razonaban que el mismo Parlamento Europeo ya “anticipaba que, si los jueces no permiten aceptar el informe de The Citizen Lab como prueba de expertos en el caso, representará una dificultad para probarlo para las personas objeto de vigilancia”.