Se estrena Cronos, y casualidades, la reacción inmediata del Área Central de Contraterrorismo de la Comisaría General de Información es formular una petición a la Audiencia Nacional para destruir las pruebas e indicios recogidos de la casa de Alcanar, a raíz de la investigación por los atentados del 17 de agosto de 2017. La petición, un documento de quince páginas al que ha tenido acceso El Món, la firma el sargento Astor 1143F de la Unidad 2, y justifica la petición al juez de ejecución penal encargado del caso por «motivos de seguridad y falta de espacio blindado en los almacenes de la policía de la Generalitat». De hecho, la petición también responde a una solicitud del Área de los Tedax-NBQ de los Mossos, especializada en explosivos.
El escrito se acompaña de un listado de evidencias, indicios, pruebas y elementos que van desde elementos pirotécnicos, petardos de diversos tipos, petardos «improvisados», restos de la explosión, pulsadores, detonadores, restos de frotis para obtener muestras de ADN, pilas, diversos materiales propulsores de explosivos, restos metálicos, de ropa, herramientas o incluso, una multitud de filtros de café y bidones y garrafas con materiales químicos.
Todo recogido en el terreno que ocupaba el chalet de la urbanización Montecarlo de Alcanar, y que explotó la noche del 16 de agosto y donde habría muerto el imán de Ripoll, Abdelbaky Es Satty, y Youseff Alla, y donde se encontró con vida, uno de los tres condenados Mohamed Houli que sacudió el Congreso de los diputados con sus afirmaciones sobre la relación del cerebro de la célula con los servicios de inteligencia españoles.

Otras peticiones
De hecho, esta es la enésima petición de destrucción de pruebas, incluso, de la furgoneta con la que Younes Abouyaaqoub asesinó a 16 personas en la Rambla y así como otros efectos. Pero hasta ahora, a la espera de terminar el proceso judicial y la comisión de investigación se demoraban las peticiones formuladas tanto por Mossos d’Esquadra como por la Guardia Civil. Ahora el ministerio fiscal tiene cinco días de plazo para alegar lo que considere e informe sobre la pertinencia o no de la destrucción de las pruebas que constan también en las actas de recogida incorporadas al sumario.

