Sólo pondrían alguna objeción a tres puntos de carácter “menor”, pero la ley de amnistía es constitucional. Así se puede definir el borrador de casi doscientas páginas de la sentencia de la ley de amnistía que ha escrito como ponente del Tribunal Constitucional, Immaculada Montalbán, para el debate sobre el texto en el plenario del 24, 25 y 26 de junio. Según han adelantado medios ‘El País’, ‘El Periódico’, ‘El Mundo’ y ‘elDiario.es’, la ley pasará el filtro de la alta magistratura sin aún entrar en el gran agujero negro del texto, el delito de malversación.

La magistrada Montalbán, que contará con el apoyo del sector progresista —mayoritario en el debate de esta ley— razona que la amnistía también debe incluir —por aplicación del principio de igualdad— a los que se manifestaron en contra del Proceso. También acota el ámbito temporal de su aplicación entre el 1 de noviembre de 2011 y el 13 de noviembre de 2023, para que “no sea una carta blanca de futuro” y que el Tribunal de Cuentas debe dar audiencia a las acusaciones populares —como Sociedad Civil Catalana— antes de pronunciarse sobre el archivo de las causas abiertas.

El texto se entregará a los magistrados en el plenario del 10 de junio cuando se acuerde el orden del día para los plenarios del 24, 25 y 26 de junio donde se deberá decidir la resolución definitiva. El texto elaborado por Immaculada Montalbán contará con los votos de la mayoría, es decir, de seis magistrados propuestos por el PSOE, y el voto en contra de los cuatro propuestos por el PP. También hay que restar dos magistrados más que no participarán en la deliberación. Por un lado, el exministro socialista Juan Carlos Campo, que se apartó voluntariamente, y el conservador catalán José María Macías, recusado por haber participado en el informe del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) contra la ley.

El nuevo magistrado del TC, José María Macías, toma posesión de su cargo / Europa Press

De momento, nada de malversación

La ponencia pasa de largo sobre el delito de malversación. De hecho, tampoco podían entrar porque en el recurso del PP no se abordaba este aspecto concreto. Los populares solo pretendían declarar inconstitucional la ley. El hecho de que no lo concretaran permite a los magistrados esperar otros recursos de amparo para pronunciarse. En definitiva, técnicamente el recurso ha esquivado el muro que no ha permitido aún que ninguno de los condenados o procesados por este delito se haya podido acoger a la ley del olvido penal para el independentismo, como ahora el presidente en el exilio Carles Puigdemont o Lluís Puig, como los condenados Oriol Junqueras, Raül Romeva, Dolors Bassa o Jordi Turull. Por eso esta sentencia no tendrá ningún efecto inmediato sobre los líderes institucionales del 1-O condenados o procesados por la malversación. Aunque podrá reforzar sus recursos de amparo.

Ahora bien, el texto de la sentencia prevé que la ley, además de aplicarse a los independentistas o a los policías que participaron en la represión, también se aplique, por el principio de igualdad, a la gente que se manifestó en contra del Proceso, como los que descolgaban lazos amarillos. En cuanto al ámbito temporal, la magistrada concluye que el añadido del texto “también se entenderán aquellos cuya ejecución finalizó con posterioridad a noviembre de 2023”, supone una “proyección de futuro inconstitucional”. En tercer término, Montalbán opina que en los procesos del Tribunal de Cuentas, antes de decidir sobre el archivo de las causas, es necesario conocer la posición del ministerio fiscal y de las entidades del sector público perjudicadas. El borrador añade también las acusaciones populares personadas.

Comparte

Icona de pantalla completa