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Nueva etapa. El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha acordado poner las actuaciones judiciales del caso Plus Ultra en conocimiento de las hijas del expresidente del gobierno José Luis Rodríguez Zapatero, Alba y Laura Rodríguez Espinosa, así como de la secretaria, Gertrudis Alcázar, para que puedan personarse en el procedimiento en calidad de investigadas y poder ejercer su derecho a la defensa. Calama ha tomado la decisión a instancias de la fiscalía anticorrupción que el martes de esta semana solicitó por escrito la declaración de las ahora imputadas.

En el auto con el que acuerda la imputación, de once páginas y al que ha tenido acceso El Món, el titular del Tribunal Central de Instrucción número dos de la Audiencia Nacional, avisa que en una diligencia aparte, determinará la fecha de las declaraciones. El magistrado centra la imputación en la petición de la fiscalía tras la documentación obtenida en la entrada y registro del pasado 18 de mayo en la sede de la empresa What the fav, propiedad y administrada por las dos hijas del exlíder del PSOE.

El fiscal anticorrupción entendió que los indicios recogidos harían pensar que la agencia de comunicación de Alba y Laura Rodríguez Espinosa, habría formado parte de la trama como una sociedad instrumental para recibir las comisiones que debía recibir el expresidente español. Una empresa que tendría un papel clave en la canalización u ocultación de transacciones que debía recibir Zapatero. El juez insiste en que las imputa para que puedan ejercer su derecho a la defensa.

Una de las hijas de José Luis Rodríguez Zapatero saliendo de las oficinas de la empresa What The Fav, la semana pasada / Gustavo Valiente / Europa Press
Una de las hijas de José Luis Rodríguez Zapatero saliendo de las oficinas de la empresa What The Fav, la semana pasada / Gustavo Valiente / Europa Press

Una empresa clave

«La investigación atribuye a esta empresa un papel clave en la canalización, ocultación o facilitación de transacciones relevantes para los hechos que se investigan, y esta mera constatación objetiva sitúa a sus administradores dentro del círculo de personas potencialmente afectadas por los cargos, en su calidad de titulares de la representación legal de la empresa y responsables de la gestión legal de la entidad», razona el juez.

En este sentido, recuerda que el caso de los administradores de empresas que «presuntamente son sociedades pantalla, como sería el caso». Calama añade que «la conexión proviene de la estructura corporativa misma: quien ostenta la autoridad formal es, por ley, responsable de las acciones de la persona jurídica y de las decisiones que permiten o facilitan las operaciones». En todo caso, el juez considera que es mejor que comparezcan como imputadas que no como testigos, porque en esta condición tendrían que decir la verdad sobre unos hechos que les podrían atribuir en calidad de partícipes o responsables.

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