Nuevo giro de guion en la batalla judicial del exvicepresidente del Parlamento Josep Costa, ahora en el Tribunal Constitucional. El plenario de la magistratura ha estimado el recurso de súplica de Costa contra una interlocutoria del mismo tribunal del mayo pasado, que rechazó admitir a trámite un incidente de recusación contra tres de sus magistrados porque lo consideraba presentado fuera de plazo. Costa recorrió contra la decisión en un duro recurso porque entendía vulnerados varios derechos. En este sentido, Costa defendía que la formulación de las recusaciones se habían hecho dentro del plazo y en la forma oportuna y que la resolución del TC se había hecho «sin ninguna consideración por los derechos fundamentales».
En concreto, las recusaciones promovidas eran contra el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, y los magistrados Ricardo Enríquez i Juan Carlos Campo. Son los tres magistrados que denunciaron a Costa a la fiscalía en el procedimiento que acabó con el juicio por desobediencia. Ahora el Constitucional abre un nuevo plazo para resolver sobre estas recusaciones. Después, con los magistrados recusados o sin ellos, tendrá que resolver el recurso presentado por Costa contra su detención ordenada el octubre de 2021 por la magistrada instructora del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña Eugènia Alegret, en la causa por desobediencia de la Mesa del Parlamento presidida por Roger Torrent. Un arresto que, además, abrió un proceso judicial de habeas corpus por detención ilegal.

Un recurso denso
El recurso de súplica presentado por Costa defendía que el tribunal «declara arbitrariamente que la recusación es extemporánea a pesar de que el incidente planteado acredita una verdadera lesión del derecho a un tribunal imparcial que conozca y resuelva el presente recurso de protección». «Se rechaza estudiar los motivos de abstención y recusación sin otorgar el más mínimo valor en el interés del recurrente a la protección de sus derechos fundamentales», indica en el recurso el exvicepresidente de la cámara catalana.
De hecho, la no admisión del recurso se sostenía por una «omisión» de la fecha de notificación de la resolución. En este contexto, los magistrados aseguran que el plazo se había agotado porque la composición de la sala se publicó al BOE dos meses antes. En cambio, no dicen nada sobro la interlocutoria dictada oficialmente y notificada formalmente a Costa. Precisamente, el exvicepresidente de la cámara catalana enfatiza la carencia de este detalle y pide por qué no se hace constar esta fecha. En definitiva, Costa alegaba que la omisión no era «un error». «Es una omisión consciente, malintencionada y dolosa«, añadía en el recurso. «Se trata de fingir la irrelevancia de esta notificación exprés sobre la asignación concreta del recurso a unos magistrados determinados», detalla. Ahora el TC le ha dado la razón y volverá a estudiar la recusación de los tres magistrados.



