Enrocados y firmes contra el independentismo. Así se vuelve a mostrar la curia de la judicatura española a raíz de la última resolución en la causa del Tsunami Democrático. La sala de apelaciones de la Audiencia Nacional ha emitido una breve resolución de cuatro páginas, a la que ha tenido acceso El Món, con la que desestima un recurso presentado por la defensa del empresario Oriol Soler, en manos de Benet Salellas, al que se unió el ministerio fiscal, representado por Miguel Ángel Carballo. El recurso exigía paralizar las diligencias de investigación acordadas por el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel García Castellón. Unas diligencias de carácter prospectivo que distorsionaban las garantías y derechos de los imputados.
Las razones por la desestimación son, cuando menos, curiosas y, un punto extravagantes. Así, la sala de apelaciones que preside el magistrado Félix Alfonso Guevara, asegura que solo se pueden presentar recursos contra la inadmisión de diligencias y no contra su admisión. Es decir, que avala que cualquier juez instructor practique las pruebas que quiera sin ninguna limitación ni control, y más en un caso como el del Tsunami Democrático, que supone, según algunas defensas del caso, «disparar al matorral a ver si salta el vietnamita». Es decir, una investigación prospectiva que se acumula en las diligencias 85/19, que las defensas ni fiscalía podían evaluar o proponer que no se lleven a la práctica a pesar de que supongan una vulneración de derechos.
De hecho, el escrito del recurso de apelación de Soler clamaba a la magistratura parar los pies a una instrucción descontrolada. «Resulta urgente que la Sala de lo penal imponga límites, controles y garantías», afirmaba. Así, rogaba que se rechazaran las diligencias que se habían acordado y «para disciplinar el expediente lo centrara en su objeto procesal y, por lo tanto, a la vista de haber agotado la instrucción, cerrara definitivamente la investigación» .
El Supremo, la gran ayuda
La resolución, dictada el pasado 8 de marzo, de la sala de apelaciones, también critica a defensas y ministerio fiscal en su petición de parar las investigaciones e incluso, de archivar la causa. El argumento de los magistrados es la decisión de la sala de lo penal del Tribunal Supremo de abrir la causa penal contra el presidente al exilio Carles Puigdemont y el secretario de la Mesa del Parlamento, el republicano Ruben Wagensberg por los delitos de terrorismo. Una decisión que, según los magistrados, desvirtúa el argumento de «la inexistencia de hechos penalmente típicos» en la instrucción de la causa.