El Tribunal Supremo celebrará el próximo 10 de marzo a las 10:30 horas una vista pública por los recursos de apelación presentados por el presidente en el exilio, Carles Puigdemont, y los exconsejeros Lluís Puig y Toni Comín contra la decisión del magistrado Pablo Llarena, instructor de la causa del Procés, de no aplicarles la amnistía. Llarena rechazó en julio del año pasado aplicar la amnistía al delito de malversación por el cual están procesados, y al mismo tiempo preguntó a las partes si era procedente plantear una cuestión de inconstitucionalidad sobre si la aplicación de la ley aprobada por el Congreso de los Diputados debía extenderse a la responsabilidad derivada del delito de desobediencia, que también se les imputa.
La defensa de Puigdemont recurrió en reforma, instando al magistrado a reconsiderar su decisión, pero Pablo Llarena se ratificó el pasado septiembre, una decisión que llevó a los tres dirigentes independentistas que aún están en el exilio a presentar un nuevo recurso elevando el asunto a la Sala de Apelaciones, a quien pidió la celebración de una vista oral antes de resolverlo. Ante esto, la Sala de Apelaciones del Supremo, que está formada por los jueces Vicente Magro, Eduardo de Porres y Susana Polo, ha aceptado la petición y ha fijado la vista pública para el próximo 10 de marzo a las 10:30 horas. Allí, la defensa de Puigdemont, Puig y Comín tendrá la oportunidad de exponer sus argumentos al tribunal, aunque también podrán intervenir las otras partes, que en este caso son Fiscalía, la Abogacía del Estado y la acusación popular de Vox.
En su recurso de apelación, la defensa de Puigdemont, que ejerce el abogado Gonzalo Boye, recordó que el juez Llarena no amnistió la malversación porque observó un «propósito de enriquecimiento» en los actos que condujeron al referéndum del 1 de octubre. La defensa del presidente en el exilio considera que esta interpretación de Llarena es «excéntrica», y está basada en «una arbitraria interpretación del concepto de ‘propósito de enriquecimiento'» al que se refiere la ley de amnistía. El concepto utilizado por Llarena, según Boye, «se extiende hasta el absurdo con el propósito indisumulado de torcer la voluntad del legislador y, así, excluir a mi defendido del ámbito de aplicación de la amnistía».

La advertencia de Puigdemont: «Las interpretaciones expansivas son peligrosas»
El abogado de Puigdemont ve «obvio» que «el propósito de enriquecimiento al que se refiere el legislador debe ser entendido en el sentido literal y restringido: un incremento tangible, directo y material del patrimonio personal, derivado del desvío de caudales públicos al patrimonio personal». De hecho, el líder de Junts per Catalunya ya advirtió entonces que otra interpretación sería no solo «arbitraria», sino «expansiva». Y «las interpretaciones expansivas en materia penal son peligrosas, ya que generan inseguridad jurídica», sentenció.
Por otro lado, la defensa ha subrayado que esta interpretación «irrazonable» de Pablo Llarena ya se puso de manifiesto en el «contundente y bien fundamentado» voto particular que emitió la magistrada Ana Ferrer, que ha defendido que la malversación del Procés sí que es amnistiable. Con todo, Gonzalo Boye sostiene que «el hecho de que los procesados no se hicieran cargo con su patrimonio personal del coste de la organización del referéndum celebrado el 1 de octubre del 2017 no se puede considerar enriquecimiento en términos estrictos, ni tampoco en términos lógicos o razonables». «No se puede comparar la búsqueda de un objetivo político con el uso de fondos públicos para fines privados, como un viaje personal» o una boda, expuso Boye para contrarrestar los ejemplos utilizados.




