La consejera de Territorio, Ester Capella, ha anunciado que el ejecutivo de Pere Aragonès ha aprobado un decreto ley de urgencia para evitar la «picaresca» de los propietarios con los «falsos» pisos de alquiler temporal. Este decreto hace que se apliquen las normas del alquiler también en los pisos de alquiler temporal, que tendrán que dejar claro en el contrato el motivo de la temporalidad y adaptarse al tope del alquiler que establece la ley estatal. En caso de no seguir las normas, los propietarios se expondrán a multas de entre 3.000 y 900.000 euros.

Está previsto que el decreto ley entre en vigor este mismo jueves, a pesar de que según ha informado la consellería en un encuentro previo a la rueda de prensa de la consejera, la diputación permanente del Parlamento tendrá que validarlo en los próximos días. Si pasa esta fase, la ley estará vigente antes de las elecciones. «Este decreto desarrolla medidas sobre el alquiler temporal y el de habitaciones para evitar que haya quién elude la aplicación de la ley de vivienda», ha explicado Capella. «Regulamos el alquiler temporal porque no se pueda buscar el vacío legal», ha añadido la consejera.

La consejera Ester Capella durante la rueda de prensa en el Palau de la Generalitat / ACN

La intención de la medida, ha explicado Capella, es «proteger los locatarios con más información que tendrá que constar en el contrato» y «llenar los agujeros que la ley estatal no ha resuelto». «Podemos poner remedio a los datos que tenemos, que dicen que el incremento del precio del alquiler ha subido entre un 43 y el 46% en toda Cataluña», ha explicado la consejera, que ha añadido que la cifra «grita a reflexionar».

A partir de ahora, por lo tanto, los propietarios tendrán que informar del precio de referencia del alquiler, la renta del último contrato vigente de los últimos cinco años y la condición de gran tenedor en caso de que lo sea. También tendrá que constar la causa del arrendamiento. «Establecemos las conductas susceptibles de ser sancionadas porque se aplique el decreto desde mañana», ha explicado.

¿Cuáles serán las multas y por qué?

Las multas que establece el decreto ley de urgencia oscilan entre los 3.000 y los 900.000 euros. En el caso de las infracciones más graves, alquilar una vivienda un 30% más caro que el tope o mentir en la causa de la temporalidad del arrendamiento, las sanciones serán de entre 90.001 euros y 900.000 euros. En las graves, la sanción irá de los 9.001 euros a los 90.000 euros. Alquilarlo entre un 10 y un 30% más caro del que marca el índice o no registrar la finalidad del alquiler temporal puede suponer este tipo de sanción. Las sanciones menos graves irán de los 3.000 a los 9.000 euros.

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