El comisario de inteligencia jubilado, José Manuel Villarejo, y su socio, Rafael Redondo, ya pueden sumar un nuevo éxito en el magma judicial que enfrentan en la Audiencia Nacional. Este viernes, la sala de apelaciones de este tribunal ha desestimado el recurso del ministerio fiscal contra su absolución del pasado octubre, en la pieza separada 25 bautizada como Proyecto Saving, vinculada a la constructora Martinsa Fadesa, de la macrocausa Tándem investigada por el Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional.

La resolución, de 13 páginas y a la que ha tenido acceso El Món, rechaza considerar que Villarejo y Redondo cometieron un delito de soborno tal como reclamaba el ministerio público en su recurso. Una decisión clave para el futuro de las piezas separadas de la causa Tándem donde el delito de soborno ha sido recurrente en las acusaciones de la fiscalía anticorrupción. De esta manera, la sala de apelaciones, integrada por cinco magistrados y presidida por la magistrada Manuela Fernández Prado, ha avalado el veredicto del ponente, el juez Eloy Velasco y han ratificado la sentencia de instancia.

El veredicto que razona la absolución de Villarejo/QS
El veredicto que razona la absolución de Villarejo/QS

No hay delito

En concreto, entienden, igual que hizo la Sección Cuarta de la Sala Penal de la Audiencia Nacional que es necesario absolver al comisario del encargo ordenado por el empresario José Moya Sanabria, en 2021, para que le ayudara a resolver el conflicto que mantenía con la compañía constructora Martinsa Fadesa y con su presidente, Fernando Martín, para recuperar la inversión de cien millones de euros que había hecho en esta inmobiliaria.

La Fiscalía Anticorrupción solicitaba una pena para Villarejo de 23 años y medio de prisión y de casi 19 años para Redondo. En la primera sentencia, que tenía 124 páginas, los magistrados absolvieron a Villarejo y también a su socio Rafael Redondo de los delitos de soborno pasivo propio, descubrimiento y revelación de secretos a terceros cometidos por funcionario público en el caso del comisario y de falsedad en documento mercantil.

La sentencia de apelación es bastante dura contra los argumentos de la fiscalía. De hecho, los magistrados acusan al ministerio público de reinterpretar la prueba y recuerdan que la sentencia recurrida «no razona con capricho ni arbitrariamente la información de las pruebas» practicadas en la vista oral. En este sentido, lo acusan de «no respetar» e intentar «modificar» los hechos probados para encajar su tesis delictiva contra los dos absueltos.

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