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Otro golpe del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) a las demandas del independentismo. En este caso, la tercera demanda sobre el caso de espionaje con Pegasus al expresidente Quim Torra y al exvicepresidente del Parlamento, Josep Costa. En esta ocasión, ha sido la sala de tres magistrados la que ha decidido no admitir a trámite la demanda por vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva en tanto que el Estado se ha negado a investigar el espionaje de las dos autoridades independentistas y no se ha instruido con ningún tipo de diligencia sus querellas. Todo en el marco del escándalo más importante de espionaje de los últimos 20 años en Europa, el caso Pegasus.

De hecho, el TEDH ya desestimó dos demandas interpuestas por Costa en el marco del caso Pegasus. Demandas presentadas el mes de enero de 2025. Una, motivada por, supuestamente, no haber agotado la vía de recursos internos que ofrecía el sistema jurisdiccional español. Y, en segundo lugar, por no acreditar la vulneración de derechos. Ninguna de las dos demandas superó el primer filtro. Pero un detalle permite repensar diversas suspicacias. Las dos demandas presentadas por Costa se registraron en catalán.

En cambio, la actual demanda rechazada, a nombre de Quim Torra, exactamente con el mismo contenido y forma que las de Costa, se presentó en inglés. Una circunstancia que permitió, según fuentes del caso, que pasara el primer filtro y la demanda pasara a la sala de tres magistrados, uno de ellos, española. La decisión se ha hecho pública apenas días después de que el TEDH también comunicara que inadmitía la demanda de Laura Borràs.

Parte de la resolución que tumba la demanda de Torra por el espionaje con Pegasus
Parte de la resolución que tumba la demanda de Torra por el espionaje con Pegasus

Nueva inadmisión

Según la resolución del TEDH, a la que ha tenido acceso El Món, los magistrados Sickmakova, Felici y Maria Elósegui decidieron, finalmente, ni siquiera dejar entrar a deliberación la demanda de derechos, porque no hay ninguna apariencia de violación de derechos tal y como alegaba el expresidente, de acuerdo con el Convenio de Derechos de la Unión Europea. Por tanto, ni entran a valorar el contenido material de la demanda ni a justificar la decisión que se firmó el pasado 13 de mayo,

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