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«Cuando nos plantearon este pleito, sinceramente, estaba convencido de que ganaríamos». Esta es la reflexión de Xavier Muñoz, el abogado de la Generalitat de Cataluña con más de 40 años de ejercicio que inició la defensa de la institución en la reclamación del arte de Sixena. Así lo expresó en una jugosa conferencia en la 58ª edición de la Universitat Catalana d’Estiu, la ‘UCE, que se ha celebrado en Prada, el Conflent, este mes de agosto. Un coloquio dedicado al análisis técnico-jurídico de un caso que ha levantado buena parte de la sociedad civil, cultural y política del país y, en el cual, las instituciones como la Generalitat de Cataluña, con Salvador Illa de presidente, o el ministerio de Cultura, en manos del catalán Ernest Urtasun, de los Comunes, se han puesto de perfil y han evitado el choque directo y la confrontación no solo con las decisiones extravagantes de los tribunales españoles, sino también con las instituciones aragonesas que reclaman las pinturas murales del monasterio de Sixena y que se encuentran expuestas desde hace más de 70 años en el Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC).

Muñoz explicó con sinceridad el camino del proceso judicial y de las reclamaciones y señaló los errores de la Generalitat en la defensa de las pinturas para que permanezcan en Cataluña. De hecho, el letrado, que hace un año se jubiló, expresó sin tapujos su convicción de que el pleito, sobre todo la reclamación de las piezas de arte que estaban expuestas en el Museo de Lérida y en el MNAC, no se podía perder. «Quizás ahora me podéis considerar una persona ingenua», ironizó, pero justificó su razonamiento detallando el entramado del proceso judicial que ahora ha llevado a la orden de trasladar las pinturas murales que se exponen en el MNAC, con todo el riesgo de ser destruidas, al monasterio de los Monegros.

Una imatge del debat a l'UCE sobre Sixena/Josep Maria Montaner/UCE
Una imagen del debate en la UCE sobre Sixena/Josep Maria Montaner/UCE

Las piezas y el TC

En esta línea, el exletrado de la Generalitat en el caso distinguió el pleito de las obras de arte de las de los murales. Respecto a las piezas del arte de la Franja, de las cuales ya se han trasladado 155 –el mismo número del artículo de la Constitución que se aplicó para autorizar a la Guardia Civil a confiscarlas del Museo de Lérida en una redada de madrugada en diciembre de 2017–, Muñoz se remontó a los años 70 del siglo pasado. En resumen, las monjas que vivían en el Monasterio de Sixena dejaron la propiedad porque no podían vivir allí debido a diversas causas atmosféricas, culturales, económicas y sociales y se trasladaron a Cataluña. Allí acordaron con las autoridades radicadas en Cataluña dejar en depósito las piezas en los museos públicos catalanes, especialmente en el Museo de Lérida y alguna parte en el MNAC. «La realidad era que las piezas estaban en Cataluña», sentenció para contextualizar su relato. Las monjas, sin embargo, en un momento determinado, propusieron a la Generalitat la venta de las obras porque «no podían hacer nada con ellas» y, además, estaban de acuerdo con la política museística en Cataluña.

La Generalitat dio el paso y compró las piezas. Es en este momento cuando se inicia el conflicto, porque el gobierno de Aragón hizo una acción de retracto, alegando que eran unos «terceros que tenían más derecho que la Generalitat de Cataluña porque eran una administración pública de Aragón». El pleito fue largo y duro hasta llegar al Tribunal Constitucional. Un proceso en el cual, curiosamente, la letrada de la Generalitat fue Dolors Feliu, que con los años sería presidenta de la ANC. En 2012, en una sentencia clara, pero con votos particulares que se razonaron al margen de lo que es costumbre en derecho, los magistrados aseguraron que los bienes estaban correctamente protegidos en los museos catalanes y, por tanto, no había razón para trasladarlos a otro lugar. Si bien reconocían la legitimación del gobierno de Aragón para reivindicarlos, también advertían que había un poder superior que era el de la misma administración de la Generalitat de Cataluña que tenía esos bienes. Por lo tanto, ahí terminaba la legitimación del gobierno de Aragón para actuar contra la Generalitat.

La frase de todas las batallas

Ahora bien, en la sentencia del TC, los magistrados dejaban, como quien no quiere la cosa, una rendija para que se colara el gobierno aragonés. Si bien reconocían el derecho de la Generalitat a mantener las obras, apuntaban que era un derecho que se podía ejercer «sin perjuicio de la propiedad civil». Una frase que para Muñoz, «es decir mucho o no decir nada». Pero que el gobierno aragonés y el Ayuntamiento de Sixena se aferran poniendo en duda la propiedad civil y alegando que los contratos de depósito y de compraventa no se podrían haber realizado por parte de las monjas. Los tribunales españoles en Aragón «compraron este discurso». Un argumento que Muñoz describe como «muy sencillo». Concretamente, que el gobierno de Aragón aseveraba que «los bienes no podían haber salido nunca de Sixena porque formaban parte de un monumento histórico de patrimonio nacional como es Sixena y, por tanto, no podían salir».

La Generalitat replicó defendiendo la compraventa porque eran unos bienes muebles y la Generalitat tenía toda la legitimidad para comprarlos. El juzgado de Primera Instancia y la Audiencia de Huesca hicieron caso a las autoridades aragonesas y sentenciaron contra la Generalitat. El argumento fue que las ventas no se podían producir y que el gobierno de Aragón, un «tercero ajeno a la dualidad de comprador y vendedor -las monjas que venden y la Generalitat que compra- podía impugnar estas compras». La impugnación de la compraventa se basaba en el hecho de que «eran bienes de dominio público que no podían salir ni entrar al comercio, por tanto, no podían ser vendidos nunca». Esta fue la razón principal para dictar sentencias en contra de la Generalitat de Cataluña.

Detalle de las pinturas murales del Monasterio de Sixena en el Museu Nacional d’Art de Catalunya (MNAC) / Kike Rincón/Europa Press

Una decisión inconcebible

Ahora bien, lo que más sorprendió a Muñoz fue la obligación que imponían las sentencias. «En la carrera de derecho que hice no salía nada de esto y ya no entendía nada», expresaba Muñoz con sorna. El gobierno aragonés pedía no solo la nulidad de las ventas sino que, además, reclamaba que los bienes se trasladaran a Sixena. «Si ya era inconcebible la nulidad de las ventas se sumó el hecho de que el tribunal y el gobierno de Aragón decidieran un traslado que las monjas no habían decidido», argumenta. Una decisión así no la podía tomar un tercero en nombre de la propiedad, y así lo dejaba claro el Tribunal Constitucional, cuando le recordaba al gobierno de Aragón que no podía actuar.

Es entonces, cuando el cuerpo jurídico de la Generalitat asesoró al consejero de Cultura Lluís Puig, como habían hecho con su antecesor, Santi Vila, que los bienes «no podían salir de los museos así como así aunque hubiera una nulidad de la compraventa a raíz de una declaración de propiedad civil». «Los museos tienen unas colecciones y aquí hay una autoridad administrativa que tiene una competencia plena para poder decidir qué pasa con esas colecciones, sean de quien sean», especificó Muñoz. «El régimen legal catalán determina unas condiciones para poder sacar los bienes de los museos, que es una serie de permisos una serie de informes de la Junta de Museos, no de cualquier manera», insiste. De hecho, estas condiciones fueron aprobadas por la consejera de Cultura con el Gobierno de Pasqual Maragall, Caterina Mieres, y fueron avaladas por la Sala del Contencioso del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).

Es decir, las piezas no podían salir de cualquier manera porque entonces el consejero estaría incumpliendo la normativa de la misma Generalitat. Además, había que tener presente que quien ostentaba la posesión efectiva era el Museo de Lérida y el consejero de Cultura era el presidente, pero en realidad el consejero no podía decidir porque había un consorcio y una junta que determina y que decide y obedece y cumple con las sentencias. «El consejero propiamente dicho tampoco estaba desobedeciendo, ni mucho menos, nunca desobedeció, sino simplemente lo que se hizo es que se presentaron toda clase de recursos», recuerda Muñoz. «Esto terminó de la forma más triste, más absurda y más ridícula que os podáis imaginar, y es que el Tribunal Supremo dice, estos bienes se pueden vender, estos bienes pueden ser objeto de comercio», afirmó en su exposición y añadieron que la monja que había firmado la compraventa no tenía legitimación, aunque había sido aceptada por registradores de la propiedad, notarios y el Ministerio de Justicia, ya que había actuado siempre en nombre y representación de las monjas como Madre Federal y apoderada por las cuatro monjas supervivientes de Sixena.

Activistes de l'ANC a la protesta del MNAC/Quico Sallés
Activistas de la ANC en la protesta del MNAC/Quico Sallés

De compraventa a usucapión

El Supremo señaló, pues, que no era una compraventa eficaz. Entonces, la estrategia de la Generalitat, fue darle la vuelta a la tortilla. Los letrados de la Generalitat interpretaron que si la compraventa no era legal, sí lo era la usucapión. Es decir, una figura jurídica que determina que «aquel que posee una cosa con título de propiedad, como propietario durante determinado tiempo, por ley, aunque sea en contra de lo que dice el registro, en contra de lo que defiende el propietario legal, esa persona se queda con la propiedad de la cosa». «La Generalitat hacía muchos años que había superado los plazos legales que determina la ley, el Código Civil español, para hacer la usucapión; por tanto, nosotros teníamos ya el derecho de usucapión de esos bienes porque los habíamos ostentado como propietarios», asegura el letrado. El Supremo nos desestimó la pretensión de cambio de derecho y el Tribunal Constitucional inadmitió el recurso. De hecho, ni siquiera lo tramitó.

Las pinturas, otra historia

En cuanto a las pinturas murales, Muñoz recuerda que fue una figura jurídica diferente. Técnicamente, era un depósito del tipo comodato, es decir, un depósito con unas determinadas finalidades. Esto significa, la cesión de un objeto con un uso concreto y no se puede revocar si no se dan determinadas condiciones. El comodato era un título que la Generalitat tenía asignado desde el 17 de diciembre de 1992 con las monjas de Sixena. Pero en este pleito hay una diferencia sustancial. Si en el pleito de las obras de arte las monjas eran partes demandadas, en esta ocasión, unas monjas diferentes de las que habían firmado los acuerdos tanto de las pinturas como de las obras, y alejadas de toda la historia, firman poderes a favor del gobierno aragonés para que actúe en representación y defensa de las monjas. «Una cosa realmente absurda porque una administración pública no puede defender privado», subraya Muñoz.

La Generalitat decide no ir al TC «por una razón inexplicable»

En escena, entran sectores muy radicalizados de la Iglesia, alrededor de la orden de Malta y la extrema derecha, que se coordinan con el gobierno de Aragón para convencer a las monjas de otorgar los poderes. Ahora bien, el pleito lo interponen contra el MNAC y no contra la Generalitat, que ostentaba los derechos de las pinturas y tenía el título. De hecho, la Generalitat había depositado las pinturas en un museo del cual forma parte, junto con el Ayuntamiento de Barcelona y el Estado. El gobierno de Aragón acusa al MNAC de tener las pinturas como «precariantes».

La Generalitat se persona y alega que es la institución que tiene el título, pero los tribunales españoles hicieron oídos sordos. Condenan al MNAC, pero no a la Generalitat. Se dictan hasta tres sentencias, pero «por una razón inexplicable, la Generalitat decide, hace un año y medio, con la sentencia del Supremo, no ir al Constitucional». Una decisión inverosímil porque, a juicio de Muñoz, era «el mejor momento para ir». «El pleito se había hecho sin las garantías, la Generalitat no había podido aportar las pruebas que se nos devolvieron, no fuimos demandados cuando éramos los que teníamos el título, y además que el TC en esos momentos tenía una composición mucho más abierta que la que podría haber tenido tantos años», recordó Muñoz. «Perdimos la oportunidad y se hizo por una decisión política», lamenta.

Los culpables

Para Muñoz, hay muchos responsables del desorden. El primer responsable es el gobierno de Aragón que ha hecho «un discurso absolutamente aberrante, diciendo que Cataluña fue a robar». «Se ha olvidado la acción de salvaguarda, se ha olvidado la ley, se ha olvidado absolutamente todo, y ha hecho una acción política que, a mi parecer, es que lo que le interesa no son las pinturas, sino la victoria contra el vecino», añadió. Otros responsables, según su criterio, son los tribunales de justicia, que han politizado el caso, porque han visto Sixena como una «acción cercana al Proceso, cuando no tenía nada que ver».

Y, como último responsable, apunta a la Generalitat porque «tampoco lo ha acabado de hacer bien». «Creo que debería haber tenido una actitud más activa, más proactiva, y no acabo de entender, desde hace tiempo, por qué nunca reclamamos el dinero que habíamos pagado en su día por estas piezas, que eso no es de este actual gobierno, sino de gobiernos anteriores, que no lo hicieron». «Tampoco hace falta buscar responsabilidades, siempre, en el último gobierno que tenemos, es una actitud general de los catalanes o de la Generalitat que a veces no acabamos de hacer el trabajo. Pero los culpables no somos la Generalitat, no lo olvidemos, los culpables son los tribunales de justicia, y es una acción del gobierno de Aragón, y la Iglesia santa católica y romana, y nada más», sentencia Muñoz.

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