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Si el PSOE no tenía suficiente caldo, tiene tres tazas. El titular del Tribunal Central de Instrucción 2 de la Audiencia Nacional, José Luis Calama, ha decidido abrir una pieza separada del caso Plus Ultra para investigar al expresidente español José Luis Rodríguez Zapatero por delitos fiscales y contrabando. Todo ello a raíz de las joyas que la policía confiscó durante el registro del pasado 19 de mayo en la oficina del exlíder del PSOE. Unas joyas que, según el auto del juez, no se puede demostrar el origen ni «actualmente se puede justificar». Además, el juez recuerda que la tasación ordenada ha estimado su valor en 1.323.915 euros.

En una resolución de seis páginas a la que ha tenido acceso El Món, Calama acuerda notificar a Rodríguez Zapatero los cargos a través de sus representantes legales, para que tome nota y pueda ejercer su derecho a la defensa. De hecho, el expresidente español estaba citado a declarar el próximo 17 de junio. El magistrado acumula estas dos nuevas imputaciones a su comparecencia. El magistrado destaca que la posesión de bienes de lujo de alto valor que «no tienen trazabilidad fiscal respecto a su adquisición», es decir, sin facturas, son indicios «objetivos y racionales de la posible existencia de un fraude fiscal».

Una de las joyas confiscadas por la UDEF en el despacho de Zapatero
Una de las joyas confiscadas por la UDEF en el despacho de Zapatero

Hacienda, el siguiente

En este contexto, el juez indica que la «posible falta de pruebas sobre la compra de las joyas podría dar derecho a la Agencia Tributaria a atribuir una ganancia de capital no declarada en la declaración del impuesto sobre la renta». Por tanto, considera plausible que haya una «responsabilidad tributaria eludida que supera el umbral establecido, que es de 120.000 euros». «Estos hechos, prima facie, podrían constituir un delito contra la Hacienda Pública, tal como se prevé y castiga en los artículos 305 y siguientes del Código Penal», apunta el auto.

Por otro lado, Calama argumenta que estas joyas podrían constituir un delito de contrabando «en la medida que la introducción, la posesión o la circulación dentro del territorio nacional de joyas con un valor total de aproximadamente 1.323.915 €, sin prueba del pago de los derechos de aduana, de los impuestos especiales o de los impuestos asociados a su importación, constituye una prueba objetiva de que estos bienes podrían haber entrado al territorio aduanero de la Unión Europea eludiendo los controles y las obligaciones fiscales exigidos». Por todo ello, el juez abre una pieza separada y da un giro más en el caso y en el cerco al PSOE y Pedro Sánchez.

Parte dispositiva de la resolución que imputa dos delitos más a Zapatero/QS
Parte dispositiva de la resolución que imputa dos delitos más a Zapatero/QS

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