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La previsión era que sería un juicio complicado. Tenía todos los ingredientes de una vista oral tan delicada como impactante, donde el trasfondo de la víctima delata que hay otros mundos, muy agresivos, y se encuentran entre nosotros. La sección sexta de la Audiencia de Barcelona ha juzgado a Albert y Antoni, dos amigos del barrio de Sants de Barcelona acusados de violar a un menor, Joan Pere, que se encontraba tutelado por la Dirección General de Atención a la Infancia y la Adolescencia (DGAIA). Una vista oral dura y presidida con tanta firmeza por el magistrado Jorge Obach que, incluso, abogados de acusaciones y defensas han desistido de continuar formulando preguntas cuando tocaba el crostón con una vehemencia controlada, pero rotunda.

De hecho, Obach -un magistrado con un parecido extraordinario al actor Anthony Heald- es bastante veterano para hacer centrar la pelota en la santísima Trinidad de cualquier juicio: «lo que es relevante, lo que interesa y lo que es objeto del pleito». Es decir, si se perpetró una violación a un menor de 16 años por parte de dos mayores de edad que lo contactaron, y contrataron, a través de GRINDR, una aplicación de geolocalización para favorecer contactos sexuales entre personas del mismo sexo.

Las acusaciones, tanto el ministerio fiscal como el letrado de la Generalitat, reclamaban 15 años de prisión por un delito de violación agravada a un menor de 16 años de especial vulnerabilidad y diez años de libertad vigilada después de la pena de prisión, además de la inhabilitación especial para cualquier profesión o actividad con menores. En cuanto a la responsabilidad civil, el ministerio público reclama 60.000 euros y la acusación particular de la Generalitat, a través de la DGAIA, cien mil euros.

Palau de Justícia de Barcelona, 29-09-2024 / Mireia Comas
Palau de Justicia de Barcelona, 29-09-2024 / Mireia Comas

«Dos masajes»

Siguiendo el guion de la vista oral, los escritos de acusación eran directos. Según el relato acusatorio, el 19 de noviembre de 2022, los dos acusados contactaron a través de GRINDR con Joan Pere, quien se encontraba tomando algo con unas amigas cerca del domicilio de los acusados. La víctima indicaba en su perfil que tenía 18 años, pero solo tenía 15 años -había nacido el 9 de noviembre de 2007-. El chico vivía en un centro tutelado pero ese día estaba de visita con su progenitor.

Siguiendo la descripción de las acusaciones, conversaron durante diez minutos a través de la aplicación, donde uno de los procesados, Antoni le preguntó si era mayor de edad por las dudas que le generaba la fotografía. El menor le aseguró que sí lo era. De hecho, el denunciante creyó que el hombre que lo había contactado tenía 21 años, por las pistas del perfil -como el nombre- porque no había ninguna fotografía. Finalmente, acordaron quedar en persona para que el menor, a cambio de un precio cerrado, hiciera un masaje a cada uno de los acusados.

Al llegar al domicilio, Antoni abrió la puerta y el chico se habría sorprendido porque «ese hombre podía ser su padre». De hecho, según el mismo relato, el acusado le volvió a preguntar si era mayor de edad, al confirmarle. Lo llevó a una habitación y le pidió que se desnudara, el otro acusado, Albert se tumbó en la cama a quien le empezó a dar un masaje. Luego entró el otro acusado y propuso hacer un «trío», momento en que habrían obligado al menor a hacer una felación sujetándolo violentamente por el cabello a uno de los acusados mientras el otro le golpeaba las nalgas. Una vez terminada la felación, el acusado le habría espetado: «Has tenido suerte; no tengo preservativo, ¡no te daré!». En ese momento, llamaron al timbre las amigas y los acusados lo habrían hecho callar y le habrían dado 40 euros al menor.

La «mochila»

Hay que tener presente, sin embargo, un contexto muy concreto, el de la víctima. Un chico que las psicólogas, asistentes sociales y educadoras que lo atendieron remarcaron la durísima «mochila» que llevaba el chico y por eso estaba en manos de la DGAIA. Joan Pere tiene una discapacidad funcional del 50%, un trastorno reactivo del vínculo y un trastorno fruto de traumas y factores de estrés no especificado. Joan Pere, solo cuatro días después de haber nacido, ya fue declarado en desamparo por síndrome de abstinencia de cocaína, su madre era adicta. Su padre, preso.

La DGAIA le encontró una familia de acogida entre 2010 y 2021, pero el divorcio de la pareja le generó un segundo trauma porque renunciaron a la convivencia con el menor. La DGAIA volvió a asumir la tutela y lo hicieron ingresar en una Unidad Terapéutica Educativa con tratamiento psicológico y psiquiátrico. Según los expertos forenses que lo asistieron en la DGAIA, el joven está marcado por la «constante ruptura de vínculos a lo largo de su trayectoria vital y por sus diagnósticos» con una «gran dificultad para interpretar intenciones ajenas» que «le impide entender las repercusiones de sus conductas, detectar o prever situaciones de riesgo». Un joven «con curiosidad sexual, pero carente de cualquier tipo de conciencia de peligro» y con un «consentimiento viciado».

En cambio, los dos peritos de la defensa resaltaron la «pobreza» del relato acusatorio del menor donde «no daba detalles importantes de la agresión como si hubo eyaculación o posterior limpieza, y enfatizaron que «tenía facultad para mentir» y «fabular» así como subrayaron su capacidad de «anticipación» a raíz de cómo habló con sus amigas de lo que haría después de pactar el encuentro.

El Mosso

Establecido el relato acusatorio, el acto del juicio debía servir para neutralizarlo y aportar un relato alternativo. No era una tarea fácil y más, teniendo en cuenta que el menor declaró con prueba preconstituida, es decir, en una declaración grabada donde narraba los hechos, con diferencias del relato acusatorio, como el papel de las amigas, o admitiera que le «daba morbo» acordar este tipo de citas en GRINDR o el hecho de que fuera a comprarse un vaper después de la supuesta agresión, un detalle importante para una de las líneas argumentales de la defensa en tanto que el aspecto del chico -alto y muy corpulento- lo hacían confundir por un mayor de edad y un cigarrillo electrónico de este tipo solo lo pueden adquirir a partir de los 18 años.

Los primeros testimonios no fueron mal para las defensas. En primer término, la psicóloga que lo acompañó a la denuncia explicó que en el registro de entrada al Centro le encontraron los cuarenta euros y el vaper. Además, hizo saber al Tribunal que la primera persona que lo atendió, su asistente de referencia, no estaba citada ni había participado en la instrucción. En todo caso, la testigo explicó que fueron a comisaría una vez respondió a la pregunta que ha llevado al juicio: «¿Ha pasado algo que quieras contar?». La respuesta les obligó a ir a comisaría, donde los atendió el Mosso 12.827 que ofreció una testifical que era oxígeno para la defensa.

De entrada el mosso dejó claro que la víctima no parecía menor de edad. «Era alto y corpulento, pero si hablabas dos minutos con él ya veías que era muy infantil y discapacitado», señaló y, sobre todo, puso en guardia a los abogados defensores al asegurar que «el chico no estaba afectado por lo que había pasado». La letrada de la defensa, sin embargo, quiso ir más allá, inquietando a su compañero de toga, que no entendía por qué profundizaba en un interrogatorio que les había ido muy bien. Finalmente, el magistrado Obach terminó la testifical recordando a la abogada que la denuncia policial «no es prueba».

Palau de Justícia de Barcelona, 29-09-2024 / Mireia Comas
Palau de Justicia de Barcelona, 29-09-2024 / Mireia Comas

El relato alternativo

Finalmente, tras un descanso de media hora, -el juicio debía durar dos jornadas pero se concentró en una sola- los acusados declararon. Su versión fue diferente, y sobre todo, con detalles que marcaban la diferencia con el relato incriminatorio. De hecho, ambos aceptaron haber contactado por GRINDR con el chico para buscar a alguien que les hiciera un «masaje». Pactaron dos masajes de 45 minutos por 30 euros cada uno. Total 60 euros. Y la cosa debía ir rápida porque esa noche, los dos acusados tenían invitados a cenar.

El acusado remarcó que al abrir la puerta vio a un chico que «le sacaba diez centímetros con el cabello largo y un ‘plumón'» que en ningún caso le hizo sospechar que fuera menor de edad. Sin embargo, admitió que era más joven de lo que esperaban porque cuando había solicitado un masaje, normalmente eran chicos de entre 30 y 35 años. «¡No le pedí el DNI!», argumentó. En este punto, el letrado de la Generalitat, con un nutrido historial de casos similares, aprovechó su interrogatorio para hacer una provocación perspicaz. «¿Ustedes contratan masajes por GRINDR? No es un lugar para eso, ni para encontrar técnicos que reparen la lavadora…», espetó. El magistrado Obach saltó como un resorte y con las gafas en la frente advirtió: «Por favor, ironías no!». El juez había entendido el mensaje.

Los acusados vieron que el chico «no llevaba cremas ni nada» y que de masajes no sabía. «Nos engañó y para arreglarlo nos propuso hacer un trío», aclararon. Una propuesta que no aceptaron y lo echaron de la casa, y para evitar que los involucrara en un escándalo le dieron 40 euros después de haber estado en la casa unos veinte minutos. Negaron asimismo que llamaran a la puerta unas chicas y cualquier relación sexual con el chico. De hecho, aseguraron que fue el chico quien propuso hacer un masaje por 50 euros, porque era un servicio que proponía en su perfil de GRINDR, pero que desestimaron que lo ejecutara porque no sabía y tenían la sensación de que los tomaba el pelo. Cinco horas y pico de juicio que dejó sobre la mesa dos dudas razonables: la posibilidad de que el aspecto físico del chico lo podía hacer pasar tranquilamente por un menor de edad y, otra más compleja, si hubo relación sexual y si esta fue consentida. La clave está en la credibilidad que el tribunal dé a la supuesta víctima, con la periferia de la prueba practicada en el juicio oral. La respuesta, el seis de julio.

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