La ley de amnistía aún está pendiente de pasar el filtro de la justicia europea, una situación que deja la medida de gracia a medio gas porque los tribunales españoles han preferido pasar la pelota al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Este año, el TJUE debe resolver las cuestiones prejudiciales que le han enviado tres tribunales españoles sobre la aplicación de la ley de amnistía en casos de terrorismo y de malversación vinculados al Procés y al referéndum del 1-O.
El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (3), el Tribunal de Cuentas (8) y la Audiencia Nacional (9) han enviado a Luxemburgo una veintena de cuestiones prejudiciales que ahora el TJUE puede optar por fusionar. Expertos entrevistados por la Agencia Catalana de Noticias (ACN) advierten que la decisión tardará meses, ya que es una cuestión políticamente “sensible” y jurídicamente casi inédita que, además, será un precedente para futuras leyes de amnistía que se aprueben en la Unión Europea.

Henri de Waele, profesor de derecho europeo de la Universidad de Amberes, asegura que las amnistías son un asunto “especial” y “sensible” por muchas razones. En primer lugar, porque ahora el TJUE, y más adelante quizás también el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), tendrán que involucrarse en un “asunto doméstico” de un estado miembro, lo que siempre genera reticencias en Bruselas. Además, hay muy pocos precedentes de amnistías que hayan pasado por el TJUE porque son un asunto estatal y el derecho penal de la UE es “relativamente reciente”, dice el profesor. El profesor de derecho constitucional de la Universidad de Maastricht Sascha Hardt advierte que el TJUE nunca se ha pronunciado sobre la compatibilidad de una amnistía con el derecho de la UE: “Esquivaron esta pregunta”.
El Procés, un asunto recurrente en Luxemburgo
El Procés no es un expediente nuevo para el tribunal de Luxemburgo. Hasta ahora, el TJUE ya se ha pronunciado sobre los intentos de extradición de España contra Carles Puigdemont y el resto de exiliados y sobre la inmunidad de Oriol Junqueras como eurodiputado cuando estaba en prisión. La ley de amnistía es un nuevo desafío. Cabe decir, sin embargo, que el TJUE tiene sobre la mesa una veintena de cuestiones prejudiciales, que son un recurso que tienen los tribunales de cada estado para consultar a Luxemburgo si una norma se ajusta a la legislación europea. El Tribunal Supremo es el único que de momento no ha optado por pedir cuestiones prejudiciales, aunque ha amenazado con hacerlo si el Tribunal Constitucional amnistía la malversación.
Y precisamente la malversación juega un papel muy importante en las prejudiciales. El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC), por ejemplo, envió una prejudicial en verano por el caso de Josep Maria Jové y Lluís Salvadó, acusados de desobediencia, prevaricación y malversación. El TSJC admite que “ninguna de las acusaciones ha planteado como tesis acusatoria que los acusados se hubieran beneficiado personalmente” durante la presunta malversación de fondos, pero quiere que sea el TJUE quien examine si puede haber algún vínculo con los intereses financieros de la UE porque considera que es un concepto demasiado “amplio”.
Por eso, el TJSC pregunta a Luxemburgo si “desviar fondos públicos propios del presupuesto de una comunidad autónoma de un estado miembro en el intento, declarado ilícito, de conseguir” la secesión pone en riesgo “la integridad territorial de la UE y consecuentemente también sus presupuestos anuales”. También quiere saber si amnistiar a personas que han utilizado fondos públicos para “actividades declaradas ilícitas” supone un riesgo “sistémico de impunidad”. El Tribunal de Cuentas ha planteado una duda similar. “Es poco probable que el tribunal abra la caja de Pandora revisando la ley como si se tratara de un intento de amnistiar la malversación en general”, opina Hardt.
El terrorismo, la otra gran duda
La segunda línea de preguntas que los tribunales españoles han enviado a Luxemburgo es sobre la compatibilidad de la ley de amnistía con las leyes antiterroristas de la UE. La ley pactada por el PSOE con los independentistas catalanes deja claro que quedan fuera de la amnistía los actos de terrorismo definidos por la directiva europea sobre la materia, pero que, al mismo tiempo, “hayan causado de forma intencionada graves violaciones de derechos humanos”, en especial muertes o torturas. La Audiencia Nacional, a raíz del caso contra los CDR de la operación ‘Judas’, ha preguntado al TJUE si la legislación europea permite distinguir entre actos terroristas que hayan causado o no “graves violaciones de derechos humanos”.