A menos de dos meses de cumplirse el año del retorno exprés de Carles Puigdemont a Cataluña, continúa la instrucción del caso contra tres Mossos d’Esquadra que habrían acompañado al presidente en el exilio. La titular del Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona ha rechazado todas las diligencias que reclamó la acusación popular de Hazte Oir, salvo una.

En un auto de cuatro páginas al que ha tenido acceso El Món, la jueza solo considera pertinentes tomar declaración a dos agentes de Asuntos Internos de la policía de la Generalitat que investigaron las actuaciones de los tres mossos el día 8 de agosto –aunque el auto lo sitúa el 8 de octubre– mediante fotografías e imágenes de diferentes cámaras de seguridad. Una declaración, por otra parte, lógica con la ley de Enjuiciamiento Criminal, que determina que cualquier informe policial incorporado a la causa debe ser ratificado por sus autores.

Una imagen base de trabajo de los Mossos para intentar esclarecer quién protegió al presidente Puigdemont/Quico Sallés
Una imagen base de trabajo de los Mossos para intentar esclarecer quién protegió al presidente Puigdemont/Quico Sallés

«Una investigación prospectiva»

Ahora bien, la resolución también incluye una llamativa reprimenda a la entidad ultra, por el resto de diligencias solicitadas que niega, descarta y rechaza tanto por motivos de forma como por el contenido, entendiendo que la instrucción está prácticamente cerrada. Por ejemplo, la jueza no ve necesario hacer comparecer al Ayuntamiento de Barcelona. De hecho, razona que no son «relevantes» ni aportan nada a la causa y «no se deduce ninguna finalidad lógica de su necesidad». En este sentido, la instructora también reprocha que no aportan ninguna explicación de por qué deberían practicarse estas diligencias y qué relación tienen en el caso.

La resolución es bastante dura advirtiendo a Hazte Oir que no puede pedir una «investigación prospectiva», como apuntaría la petición de profundizar en indagaciones personales de los mossos imputados. «No se puede iniciar una investigación por si se localizan posibles indicios», asevera la magistrada, recordando a los abogados de la entidad que es en base a los «indicios» cuando se debe comenzar a investigar y no al revés, tal y como determina la ley y las garantías procesales de un estado de derecho. De esta manera, la jueza rechaza las peticiones de declaración de altos cargos institucionales, como el presidente del Parlamento, Josep Rull, el exdirector general de la Policía, Pere Ferrer, o el exconsejero de Interior, Joan Ignasi Elena, o bien solicitar información genérica sobre movimientos, turnos, vacaciones y destinos de los investigados desde enero de 2024, sin vinculación directa ni justificada con hechos concretos.

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