Finalmente, el número dos de la fiscalía de Cataluña, Pedro Ariche, ha registrado un escrito ante la sala de lo penal y Civil del Tribunal de Justicia de Cataluña (TSJC) por el que pide la amnistía por los líderes de ERC, Josep Maria Jové, Lluís Salvadó y la consejera de Cultura Natàlia Garriga. Los tres estaban procesados y pendientes de juicio oral por su participación en el referéndum del Primero de Octubre. En el caso de Jové, por prevaricación, malversación y desobediencia. En el caso de Salvadó, por desobediencia y prevaricación y en el caso de Garriga, por desobediencia. El ministerio fiscal ha estado especialmente llevar con los tres.
En el escrito de Ariche, de 15 páginas y al que ha tenido acceso El Món, si bien defiende la aplicación de la ley orgánica de amnistía, aprovecha el último párrafo para remitir un mensaje no muy encubierto. En concreto, que su decisión se basa en «el criterio establecido por los órganos competentes del Ministerio Fiscal» y «en estricta aplicación de los principios instrumentales de unidad de actuación y de dependencia jerárquica, que informan su actuación». Por si quedara ninguna duda que pide la amnistía por disciplina de ministerio fiscal asegura que los principios de la institución «se encuentren subordinados en los valores superiores de respecto a la legalidad y la imparcialidad, que constituyen el núcleo esencial de la función constitucional de este Ministerio y que rigen la actuación ante los tribunales».

Unidad de acción
En esta línea, el fiscal asegura que su posicionamiento en la aplicación de la amnistía en este caso «se puede abordar desde una perspectiva meramente individualista». Así sustenta su posicionamiento «en nombre de la salvaguardia de principio instrumental de unidad de actuación” garantizaba a la vez del de seguridad jurídica”. En definitiva, defiende la amnistía en el caso concreto como «consecuencia de una respuesta integral de esta Institución, a través de sus propias vías de consenso y formación conjunta del parecer que, desde el Ministerio Fiscal, se tiene que dar a la nueva redacción del ilícito». Es decir, aplicar el criterio de la malversación amnistiable determinado en la reunión del Consejo Fiscal del pasado 18 de junio.
Por otro lado, Ariche recuerda que la teniente fiscal del Tribunal Supremo, Ángeles Sánchez Conde, ante la más alta instancia jurisdiccional española, también ha pedido la aplicación de la amnistía por los condenados y procesados en la causa especial 20907/2017, es decir, el juicio del Proceso. Por lo tanto, poco podía diferir la Fiscalía Superior de Cataluña del que diga o afirme la Fiscalía General del Estado.
De hecho, el fiscal de la causa de Jové, Salvadó y Garriga es consciente que su posicionamiento sobre la malversación determinaba el resto y la cola de los procesos contra el referéndum que tienen más de 40 imputados como por ejemplo la causa del Juzgado de Instrucción 13 de Barcelona, la causa madre del Proceso, o del Juzagdo de Instrucción 18 de Barcelona.