Algún día será necesario realizar una estadística clara y detallada sobre los éxitos judiciales de Vox, o quizás más bien de los fracasos, por su tendencia forzada a llevar cualquier cuestión a los tribunales penales. El último fiasco es el intento de Vox de perseguir a la antigua Prefectura de los Mossos d’Esquadra, que dirigía la policía durante el debate de investidura del presidente Salvador Illa y que montó el operativo para intentar detener al presidente en el exilio Carles Puigdemont.

En primer lugar, intentaron enredar al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) con una querella contra el entonces consejero de Interior, Joan Ignasi Elena, el director de la policía, Pere Ferrer, el comisario en jefe de los Mossos, Eduard Sallent así como otros responsables del operativo policial. El TSJC tuvo muy clara su posición y archivó la querella. Vox no desistió y presentó otra más limitada, en la Prefectura de los Mossos y contra el abogado de Puigdemont, Gonzalo Boye. En esta ocasión, en el Juzgado de Instrucción 24 donde se siguen las diligencias contra los tres agentes de los Mossos acusados de ayudar a Puigdemont en el regreso al exilio. La jueza lo archivó, y el pasado 11 de abril, la sección séptima de la Audiencia de Barcelona, volvió a archivar el caso con una sonora bofetada a Vox.

Sea como sea, cerrada esta vía, sí que continúa el procedimiento del Juzgado 24 contra los Mossos, pero aún queda mucho trabajo por hacer. El lunes día 12, los policías que hicieron los informes confidenciales acudirán al juzgado a ratificarlos y prestar declaración. Y no será hasta el 30 de junio que Sallent, tal como avanzó este diario, y los dos intendentes responsables del operativo, tendrán que ir al Juzgado solo a efectos de ratificar el contenido del informe general que se realizó sobre los operativos policiales y que fueron entregados al juez instructor de la causa del Proceso, Pablo Llarena, pero que fue traspasado al juzgado de instrucción 24 de Barcelona. Una práctica habitual, es decir, que los policías firmantes de los atestados ratifiquen el contenido de sus informes, matisen, enmienden o aclaren.

Eduard Sallent, en una imagen de archivo/David Zorrakino/EP
Eduard Sallent, en una imagen de archivo/David Zorrakino/EP

“Ni una línea” y Llarena

Ahora bien, la resolución de la sección séptima de la Audiencia de Barcelona es especialmente interesante. El auto es del pasado 11 de abril y lo firman los magistrados José Grau, que ha actuado como ponente, Pablo Díez y Enrique Rovira. De entrada, los togados reprochan a los servicios jurídicos de Vox que si realmente querían querellarse, solo debían personarse en el caso que se sigue contra los Mossos y, si la jueza los admitía, pagar la fianza. En segundo lugar, critican el contenido de la querella por anodino. “No hay ninguna duda de que los hechos relatados en la querella no justifican la incoación de un procedimiento penal contra los responsables del operativo policial alrededor del Parlamento”, aseguran.

En tercer lugar, los magistrados aprovechan la resolución de Llarena, que remitía los hechos a un juzgado ordinario, cuando recibió el informe de los Mossos para cargar contra la técnica jurídico-política de Vox. “El auto de Pablo Llarena no dice nada sobre la posible atribución del hecho delictivo a los responsables del operativo policial”, sostienen los magistrados. En el mismo sentido, añaden que “no es suficiente con la información aportada en la querella” para abrir un caso y también señalan que acusan a Boye “sin que haya ni una línea en el recurso de apelación para rechazar las razones que esgrimió la magistrada para afirmar que la conducta de Boye no era ningún delito”.

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