El caso Koldo, o caso Ábalos, o caso Cerdán, dependiendo del imputado que tome la iniciativa, está abriendo una nueva dimensión en los diálogos jurídicos y procesales. La disputa dialéctica entre el magistrado instructor del Tribunal Supremo, Leopoldo Puente, con más caparazones que una tortuga, y los abogados de los principales acusados, letrados acostumbrados a complejos procesos penales, es vitamina para un nuevo manual de derecho. Lo demuestran las últimas resoluciones del instructor con las que deniega sin tapujos las diligencias solicitadas por José Luis Ábalos y su exasesor Koldo Garcia.
El argumento del juez es simple: son diligencias «inútiles e ineficaces», tanto en beneficio del investigado como en contra. Ahora bien, el magistrado Puente se explaya sin complejos en los argumentos que explica en sus resoluciones. En concreto, Ábalos solicitaba una serie de documentos mercantiles -como albaranes de entrega- de material sanitario del Ministerio de Transportes. Una solicitud que el juez rechaza, sin más, porque entiende que no tiene relación con el caso que está investigando de cobro de comisiones ilegales.
Y, por otro lado, unas diligencias con las que el exministro de Transportes quería acreditar que gastaba muchos «folios» y que no se pueden confundir las peticiones de folios con una metáfora de dinero en efectivo tal como apunta la Unidad Central Operativa de la Guardia Civil (UCO) en el último informe presentado al instructor. La resolución, de ocho páginas y a la que ha tenido acceso El Món, deja claro que no aceptará más diligencias que puedan entorpecer la aceleración de la instrucción.

«Ya sabemos que se lo imprime todo»
En concreto, es un informe donde los analistas de la Guardia Civil destacan que Ábalos solicitaba a Koldo, como asesor, que le hiciera llegar “folios”, tanto a su residencia oficial como a la oficina del Ministerio. Unas peticiones que los uniformados creen que se refieren a dinero. Ábalos solicitaba al juez enviar un oficio al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana para que desde la secretaría del ministerio, se certificara el número de folios entregados entre los años 2018 y 2021, cuando Ábalos fue ministro.
«Con el debido respeto y consideración a la defensa del señor Ábalos, parece claro, una vez más, que la diligencia de investigación interesada, no podría aportar al procedimiento ningún extremo verdaderamente relevante», ironiza el juez. «Es obvio, o al menos bastante probable, que a lo largo de los años en que el señor Ábalos Meco ofició como ministro del gobierno de España haría uso de folios», puntualiza. «Incluso, resulta perfectamente posible que utilizara un número de folios inusualmente alto, debido a su declarada preferencia por imprimir buena parte de los documentos con los que trabajaba», continúa el magistrado. «Es muy posible, pero también es del todo irrelevante», concluye.
«No tiene ningún interés para esta causa conocer, a través de una certificación del oficial mayor del Ministerio, el número de folios que fueron suministrados a la secretaría del señor ministro. «En primer lugar, porque es obvio que los mensajes a los que se refiere el informe policial no iban dirigidos a la secretaria o a la secretaría del ministro sino a uno de sus asesores -entre cuyas funciones, por muy amplias que fueran, no parece incluida la de proveer al señor ministro de folios-; y porque, además, las consideraciones que se efectúan en el informe policial sobre el posible significado de la expresión ‘folios’ en el mencionado contexto comunicativo, no se verían alteradas en absoluto», sentencia.

