Uno de los tres mossos d’Esquadra investigados en la causa que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 24 de Barcelona por la llegada y fuga en Cataluña del presidente en el exilio Carles Puigdemont el pasado 8 de agosto ha querido frenar a la acusación de Hazte Oir. Después de que el lunes pasado, los mossos encargados de la investigación ratificaran sus informes y que, a preguntas de la defensa, pusieran de manifiesto las carencias de los atestados, uno de los encausados ha solicitado al juzgado no practicar ninguna otra diligencia de las que propone esta organización ultraespañolista. En definitiva, consideran que las diligencias solicitadas exceden con creces el margen de maniobra y la capacidad legal de la acusación popular.

El escrito, al que ha tenido acceso El Món, argumenta que continuar buscando prueba inculpatoria -el objetivo de las diligencias solicitadas- sufre un «vicio estructural esencial» y es que tienen un «carácter abiertamente prospectivo». De esta manera cargan contra las peticiones de declaración de altos cargos institucionales, como el presidente del Parlamento, Josep Rull, el exdirector general de la Policía, Pere Ferrer, o el exconsejero de Interior, Joan Ignasi Elena, o bien solicitar información genérica sobre movimientos, turnos, vacaciones y destinos de los investigados desde enero de 2024, sin vinculación directa ni justificada con hechos concretos. En definitiva, la defensa de los agentes replica que las diligencias sufren una falta de utilidad, son innecesarias, tampoco pertenecen al ámbito de la investigación procesal y, además, están sometidas a la instrumentalización política.

Una imagen base de trabajo de los Mossos para intentar esclarecer quién protegió al presidente Puigdemont/Quico Sallés
Una imagen base de trabajo de los Mossos para intentar esclarecer quién protegió al presidente Puigdemont/Quico Sallés

Prospección e innecesarias

Así, el abogado de uno de los agentes, Gonzalo Boye, que estas peticiones «exceden el ámbito constitucionalmente admisible de la investigación penal». De hecho, recuerdan que las «diligencias instructoras basadas en la mera sospecha o en el deseo de explorar posibles irregularidades» vulneran el principio de legalidad penal y de seguridad jurídica. Siguiendo este hilo, el escrito remarca la falta «de utilidad real de las diligencias testificales propuestas.

De hecho, subrayan que la acusación no detalla la información esencial que podrían aportar y que solo se basan en aportaciones «genéricas» de lo que «podrían haber visto» o «podrían aportar». Peticiones que «no garantizan la obtención de datos relevantes para el esclarecimiento». Una «indeterminación» que señalan que «atenta contra el deber de motivación mínima exigible a toda petición de diligencias de investigación de conformidad con lo que establece nuestro ordenamiento».

Falta de pertinencia y politización

El escrito destaca la falta de cumplimiento de las pruebas con el principio obligado de pertinencia entre la diligencia que se solicita y el objeto de la instrucción. «Las diligencias interesadas se sitúan en la órbita política e institucional, apuntando más a personas por su relevancia pública que por su posible e incierta implicación en los hechos», insiste la defensa del Mosso. «Citar a testificar a autoridades de primer nivel, como el presidente del Parlamento o el consejero de Interior, sin que se establezca su participación o el conocimiento directo de los hechos procesales, revela un uso desviado del proceso penal», argumentan. En este contexto, resaltan que una investigación así se convierte en «un instrumento de presión institucional, incompatible con el derecho a un proceso con todas las garantías».

Siguiendo este hilo, «sugiere un intento de utilizar el proceso penal como una herramienta de confrontación política». «La participación de entidades querellantes con perfiles ideológicos claros y la selección de testigos de alto perfil institucional catalán —sin conexión demostrada ni demostrable con los hechos— hacen presumir un ánimo de escarnio público y de obtención de rédito mediático y político», argumentan. Por lo tanto, solicitan al juzgado rechazar las diligencias «porque el Juzgado de instrucción debe preservar la pureza de la instrucción penal y garantizar que no se convierta en un espacio de litigio político, adoptando una posición activa en la depuración de las diligencias inútiles, impertinentes y desviadas como son las diligencias que se han interesado por parte de Hazte Oir».

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