La sección 21 de la Audiencia de Barcelona considera que es necesaria una condena de dos años de prisión, multa de 1.980 euros y 7.500 euros de indemnización por responsabilidad civil para uno de los tres hombres juzgados por tuitear contra la familia que impuso, a través de los tribunales, que se impartieran clases en castellano en la escuela el Drac de Canet de Mar y, por tanto, obligó a reducir el papel como lengua vehicular. Un caso que se arrastra desde enero del año 2022, que llevó a investigar hasta a cuarenta usuarios de la red y que terminó con tres de los investigados sentados en el banquillo de los acusados y juzgados. Los magistrados, de manera unánime, concluyen que el condenado cometió un delito contra la integridad moral y delito de odio por las publicaciones hechas en la red X. A la pena se le añade una inhabilitación especial para el ámbito docente, deportivo, cultura o de ocio por un tiempo superior a tres años de la duración de la pena privativa de libertad.

La resolución, de 58 páginas y a la que ha tenido acceso El Món, expresa que los tuits emitidos por el condenado deben valorarse en su «contenido, intención y contexto». Un análisis que lleva a los magistrados a entender que no se pueden incluir en el concepto de libertad de expresión o libertad de opinión en un debate público porque «contienen continuas llamadas y peticiones para localizar y publicar nombre y domicilio de la familia que estaba ejerciendo legítimamente un derecho reconocido en los tribunales». El juicio se celebró el pasado 16 y 17 de octubre después de que parte de este sumario, bautizado como «sumario canelones» se archivara.

Parte dispositiva de la sentencia que condena al tuitero por insultar a la familia que impuso el castellano en Canet/QS
Parte dispositiva de la sentencia que condena al tuitero por insultar a la familia que impuso el castellano en Canet/QS

Tuits que no son libertad de expresión: qué dicen los tuits condenados

Así, la sentencia recoge el literal de tuits que hacían alusión a “hacer la vida imposible” a la familia, a “perseguirla noche y día”, y a hacer que se marchara «del pueblo/país”. Unos mensajes que, para los magistrados, «tienen claramente una aptitud intimidatoria y de incitación al hostigamiento, con la intención clara de imponer un resultado, como es hacer que la familia se marche, abandone el pueblo por el hecho de ser castellanohablante y sentirse españoles, y en consecuencia, deje de ejercer el derecho de escolarizar a su hija en un proyecto que respete el aprendizaje del catalán junto con el catalán».

La resolución absuelve de los mismos delitos a las otras dos personas también juzgadas, al entender que no se dan los elementos que identifican los tipos penales y que sus manifestaciones quedan, por tanto, dentro de la libertad de expresión. Aunque critica con vehemencia que los trate de «nazis españoles supremacistas».

En cambio, la sentencia valora como delictivos los tuits como «la culpa es de la familia que ha hecho la denuncia. Queremos saber el nombre y la dirección donde vive la familia. Deben vivir un infierno mediático»; «Por favor, queremos saber el nombre y la dirección donde vive la familia!!!!!, cuanto antes entendamos que la solución no pasa por nuestros políticos antes lo resolveremos. Es el pueblo! El que debe hacer la vida imposible a la familia que ha hecho la denuncia. Deben demostrar que la próxima familia que lo haga deberá marcharse del pueblo»; «Ya va siendo hora de saber quién es la familia que ha hecho la denuncia. Nombres y Apellidos. Esto no les puede salir gratis»; «Averiguad y publicitad el nombre y dirección de la familia denunciante para que vivan un infierno y sirva de ejemplo. Todo lo que no sea esto, postureo”; «¿Los de @XXX ya han hecho público el nombre de la familia denunciante o continúan llorando por las esquinas?”. «Nos equivocamos. La única solución ahora y a futuro es demostrar con hechos que la siguiente familia que haga una denuncia similar vivirá un auténtico infierno y deberá marcharse del país. El pueblo debería perseguir noche y día a todos los miembros de esta familia denunciante».

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