Si está el expresidente del Parlamento Josep Costa, de por medio, seguro habrá dos cosas: derecho y batalla. El último ejemplo es el caso de la agresión que sufrió por parte del agente TIP 13450 de la Brigada Mòbil de los Mossos d’Esquadra (Brimo) durante la concentración en protesta por la cumbre francoespañola en Montjuïc el 23 de enero de 2023. Una instrucción que se ha prolongado en el tiempo, que generó fuertes tensiones en el departamento de Interior y que ha requerido que el agente investigado elija como abogado defensor a Josep Lluís Florensa, el eterno abogado de la Generalitat especializado en acusar y perseguir manifestantes.
Cuando parecía que la instrucción entraba en su recta final, la defensa del agente optó por solicitar la aplicación de la amnistía para el agente. El ministerio fiscal informó favorablemente. Ninguna sorpresa, a pesar de la duda que generaba que los tipos penales por los cuales Costa pedía responsabilidad pudieran encajar dentro del supuesto de la ley del olvido penal para el independentismo. Finalmente, el pasado mes de febrero, el agente fue amnistiado. Pero, lejos de llegar a una resolución pacífica del caso, el debate jurídico se ha intensificado tanto que parece todo un curso de derecho procesal y positivo entre dos concepciones del ejercicio de la justicia.

Batalla en la Audiencia
Así, Costa, fiel a su estilo, decidió presentar batalla. El pasado 26 de febrero, el líder del independentismo free-lance presentó un recurso de apelación ante la Audiencia de Barcelona. El recurso desgranaba en 16 páginas que la resolución judicial era contraria a derecho y vulneraba sus derechos fundamentales. Además, aseguraba a la magistratura que superaba el “perímetro de la tipicidad de los hechos”. Costa recordaba que hay pendiente un recurso de apelación sobre si los hechos tienen “afectación a la integridad moral o de los derechos cívicos del denunciante”.
El recurso, sin embargo, ha tenido réplica. El abogado del agente ha presentado un escrito de impugnación del recurso de apelación. Un documento de cuatro páginas, la defensa del brimo acusa a Costa de poner negro sobre blanco una «conjunción disyuntiva» de los delitos por los cuales se abrió el caso. Es decir, que Costa ha aprovechado la propuesta de un delito alternativo, como es el delito contra la integridad moral, para construir su oposición a la aplicación de la ley penal, cuando en realidad lo que se investigaba era un delito de lesiones.

Dos artículos diferentes
El abogado también diferencia entre la aplicación del artículo 542, sobre los ataques de la autoridad o funcionario en el ejercicio de derechos cívicos, del 540 específico del delito contra el derecho de manifestación y reunión. Si bien Costa reclama la aplicación del 542, el abogado considera que «no tiene sentido» porque el mismo Costa admite que el policía actuó contra su derecho de manifestación. En este sentido, el letrado del agente alerta a la Audiencia que en todo caso se investigaba un «comportamiento desproporcionado que causa lesiones leves» sin que en el «relato haya datos que permitan considerar que se cometió un delito de torturas o contra el derecho de reunión o manifestación».
El abogado, sin embargo, solo menciona de pasada que la policía abrió diligencias contra Costa cuando este denunció, un hecho remarcado por el expresidente del Parlamento como muestra de la maniobra de la policía para detener el caso. El agente, sin embargo, arguye que esto no cambia el ámbito de tipicidad porque si se abrieron diligencias judiciales por la denuncia contra Costa, que fueron archivadas, no es atribuible al agente. En todo caso, el agente asegura que a partir de los hechos «no se puede hablar en ningún caso de delito de torturas ni de ninguna otra posible tipificación que un ataque desproporcionado a la integridad física del recurrente que le causa lesiones leves». Ahora tiene la palabra la Audiencia que, esta semana, por ejemplo, se negó a aplicar la amnistía a los agentes investigados en el caso de Roger Español.