La Audiencia de Barcelona ha dado la razón a Fomento del Trabajo y ha desestimado el recurso presentado por la Asamblea Nacional Catalana (ANC) sobre el cierre del web ‘Consumo Estratégico‘, que contendía un buscador de las empresas más comprometidas con la economía catalana y “desatadas de las presiones del Estado”. Así, la Audiencia de Barcelona ha confirmado la sentencia del juzgado mercantil número 11 que ya daba el visto bueno a la interrupción de esta iniciativa, lanzada el 2018 cuando la entidad estaba presidida por Elisenda Paluzie. Además de confirmar el cierre del web y el cese de la campaña, ordena a la entidad independentista que preside Dolors Feliu a no poner a disposición de terceros sus medios materiales y personales para volver a difundir la campaña.

La sentencia considera que esta campaña de la ANC «no se limitó a dar una opinión sobre determinadas empresas para informar sobre la mayor o menor conveniencia de seguir contratando o consumiendo sus productos». «Al contrario, organizó una campaña en que, además de emitir opiniones, requirió los destinatarios para que pusieran fin a las relaciones contractuales con las empresas boicoteadas», concluye el tribunal, que considera que «la campaña comprende conductas que van mucho más allá del ejercicio del derecho a la libertad de expresión…»

En este sentido, sobre la libertad de expresión, el tribunal rechaza el argumento que se vulnere la libertad de expresión de la entidad, puesto que, según subrayan, «la campaña comprende conductas que van mucho más allá del ejercicio del derecho a la libertad de expresión». De hecho, considera «legítima» una «limitación» de la libertad de expresión y destaca que en este caso «la finalidad legítima perseguida es la protección del derecho de la libertad de empresa y la economía de mercado», unos derechos que, recuerda, están recogidos en el artículo 38 de la Constitución española.

Elisenda Paluzie acompaña Dolors Feliu después de ser escogida nueva presidenta de la ANC / ACN

La sentencia rechaza el argumento de la ANC

El tribunal de la sección 15 de la Audiencia de Barcelona mujer así la razón a Fomento del Trabajo y rechaza el argumento de la ANC cuando señala que la campaña solo pretende promover el consumo ético y responsable porque considera que no tiene en cuenta ningún criterio de mercado, eficiencia, calidad o precio, sino que el tribunal lo atribuye a criterios de «carácter ideológico». Así, sostiene que esta campaña tiene que ser calificada de «boicot» y puede llegar a perjudicar los competidores por motivos ideológicos y «ajenos a la eficiencia, calidad o precio de sus prestaciones».

Además, argumenta que «con esto pretende no solo informar, sino inducir a la resolución de los contratos celebrados con que resultan señaladas y facilitar la contratación con otras, no para que sus prestaciones sean mejores, ni para que sean más eficientes sino porque asumen los postulados que defiende la apelación». «La campaña estaba diseñada para producir una grave disfunción en el mercado para alterar los términos de la competencia», concluye.

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