El Tribunal Constitucional (TC) ha desestimado la recusación contra su presidente, Cándido Conde-Pumpido, que habían planteado diferentes comunidades autónomas presididas por el PP. La demanda de los populares se enmarcaba en el debate sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía.
De esta manera, el Constitucional aplica el mismo criterio que hace dos semanas, cuando el 8 de octubre decidió no admitir a trámite la recusación planteada por los grupos parlamentarios del PP en el Congreso de los Diputados y el Senado. Ahora, los populares habían solicitado lo mismo, pero a través de la Comunidad de Madrid, la Xunta de Galicia, el Consejo de Gobierno de Andalucía, el Consejo de la Generalitat Valenciana, la Junta de Castilla y León, el gobierno de Cantabria, la Junta de Extremadura y el gobierno de las Islas Baleares.
El PP pedía que Conde-Pumpido se apartara
Las comunidades autónomas presididas por el PP planteaban que Conde-Pumpido debía apartarse de las deliberaciones, de la misma manera que se apartó voluntariamente del debate de los recursos de amparo de los condenados por el 1-O contra la sentencia del Tribunal Supremo. En 2021 se abstuvo de las deliberaciones del recurso de amparo del expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont por unas manifestaciones en una conferencia de 2017 en contra del proceso independentista, ha recogido la agencia ACN.

Ahora, según los magistrados del Tribunal Constitucional, las declaraciones y las causas en las que se abstuvo «no coinciden» con la cuestión actual, porque la ley de amnistía «no existía en el momento» en que decidió apartarse ni tienen nada que ver «con el problema constitucional suscitado ahora». «El objeto de la impugnación es resolver sobre la constitucionalidad de la ley de amnistía, que se impugna de forma global y particularizada», sostienen, y por tanto sobre una norma penal «que no existía en el momento de suscitarse la abstención». Además, según el TC, «las manifestaciones controvertidas que hizo entonces no se referían al problema constitucional suscitado en este procedimiento».
Rechazada también la recusación contra otra magistrada
Por otro lado, el TC ha rechazado también la recusación que el PP había presentado contra la magistrada Laura Díez. Los magistrados argumentan que ninguno de los argumentos examinados consigue constituir ni siquiera un principio de prueba de la falta de apariencia de imparcialidad que se alega, sin que sea admisible esgrimir diversas causas de recusación sin argumentar mínimamente las razones por las cuales se consideran concurrentes.