La sección quinta de la sala del Contencioso-Administrativo del Audiencia Nacional ya está deliberando sobre la demanda que los propietarios de la Banca Privada de Andorra (BPA) han interpuesto contra el Banco de España. Una reclamación de 141.604.000 de euros por el cierre del Banco Madrid, la filial española de la banca andorrana que habría estado víctima de la Operación Cataluña, en el marco de las actuaciones de la policía patriótica para conseguir datos financieros y económicas comprometidas de los líderes soberanistas. La demanda, a la que ha tenido acceso El Mundo, de 149 páginas, llega después de un larguísimo proceso administrativo y judicial en España, donde se ha exonerado de responsabilidad los administradores de Banco Madrid y se han archivado todos los procedimientos penales y administrativos sancionadores sin ninguna condena.
La reclamación está en proceso de juicio por parte de los magistrados Margarita Pazos, Fátima de Cruz y José Luis Gil, y bien pronto, según fuentes jurídicas, bien pronto podría haber la deliberación y sentencia. La demanda interpreta que la actuación del Banco de España, a partir de una nota del departamento del Tesoro norteamericano, actuó de manera tan «absolutamente irracional» que comportó el cierre de la entidad y un agravio patrimonial a sus accionistas mayoritarios.
Hasta ahora, en vía administrativa, la razón que ha servido para huir de la acometida de la responsabilidad del Estado ha sido la prescripción de la acción, pero la demanda gira como un calcetín a este argumento. De hecho, los abogados de los demandantes aplican la doctrina de la misma jurisdicción del contencioso–administrativo que el plazo se interrumpe si hay procesos penales, como fue este caso. Ahora la Audiencia Nacional tendrá que discernir si una de las derivadas de la Operación Cataluña puede comportar una indemnización.

Cuatro reclamantes, una nota del Tesoro norteamericano y la Operación Cataluña
En concreto, la demanda la presentan la empresa Cierco Martínez 2 -2003, SL; Sucesores de Higini Cierco García S.A., Roser Noguer Enríquez y Ramon Cierco Noguer. Los cuatro ostentaban el 75% de la propiedad de Banco Madrid a través de su participación a la BPA. El caso se remonta en el año 2015, cuando se registran los acontecimientos que justifican la reclamación que tiene que decidir la Audiencia Nacional. Así la demanda recuerda que a finales de 2014, la BPA -propietaria íntegra de Banco Madrid- tenía 1.985 millones en activos y una ratio de solvencia del 15,38%. es decir, que cumplía de manera holgada las directrices de Basilea III, la normativa internacional bancaria de garantía aprobada después de la crisis financiera del 2008. Banco Madrid fue comprada por BPA en Kutxa Bank, también un banco con índice récord de solvencia en el Estado. La entidad madrileña tenía en cartera 15.000 clientes y gestionaba 6.000 millones de euros, con 695 millones en depósitos y con una morosidad por debajo del 2%.
El marzo del año 2014,-un año antes de la intervención- Banco de Madrid, fue sometida a una inspección ordinaria por parte del Servicio de Prevención de Blanqueo de Capitales (SEPBLAC) para detectar posibles operaciones de blanqueo de capitales. La inspección no detectó ningún tipo de delito o la existencia de una situación «de urgencia o gravedad excepcional respecto a posibles infracciones en materia de prevención». La inspección, pero, motivó un expediente sancionador que fue sobreseído el agosto de 2021 al entender que no se deducía ningún tipo de mala praxis o poca diligencia. El marzo de 2015, pero, las cosas empiezan a torcerse. El Banco de España acordó intervenir el Banco Madrid arran que el Instituto Nacional Andorrano de Finanzas (INAF) acordó la intervención de su matriz a raíz de una nota informativa del Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN) del departamento del Tesoro de los Estados Unidos.
La nota consideraba la BPA como una «institución financiera extranjera sometida a preocupación de primer orden en materia de capitales». Esta nota, que después el mismo FinCEN retiró después de un año, el 4 de marzo de 2016, siempre ha sido relacionada con la actuación de la policía patriótica en el marco de la Operación Cataluña. Es decir, que la nota, o sus consecuencias, estaban relacionadas con la presión que las cloacas del Estado hacían a la entidad para conseguir datos financieros de los independentistas. De hecho, la justicia andorrana investiga este caso y ha llegado a imputar el expresidente español, Mariano Rajoy, y los exministros de Hacienda e interior, Cristóbal Montoro i Jorge Fernández Díaz. Un dato bastante curioso y que la demanda remarca como «singularmente relevando» es que el SEPLAC envió las conclusiones de la inspección del 2014, que no veía ninguna sospecha de delito, solo un día antes de la intervención acordada por el Banco de España.
Ninguna responsabilidad
La intervención del Banco Madrid supuso incluso, el relevo de su consejo de administración y una apertura de un proceso de liquidación, todo y el buen nivel de solvencia de la entidad y de la posibilidad que las instituciones de control financieras españolas podían aplicar medidas menos gravoses. Este proceso de cierre de la entidad generó procesos judiciales penales, mercantiles y administrativos. Cabe de estos procedimientos ha declarado ninguna ilegalidad por parte de sus administradores. Antes al contrario. El tres de julio de 2019, la Audiencia de Madrid, ratificó el sobreseimiento dictado por el Juzgado de Instrucción 38 de Madrid por un delito de blanqueo de capitales. Una sentencia que, precisamente, reconocía que el Banco Madrid, había «reforzado» el control para evitar operaciones de este riesgo.
Por otro lado, el agosto de 2021, el SEPLAC archivó el expediente alegando que ninguno de los clientes declarados de alto riesgo entraban dentro de los parámetros de sospecha de blanqueo de capitales. Así mismo, el Juzgado Mercantil número 1 de Madrid, el 28 de julio de 2017 desestimó la demanda del ministerio fiscal de considerar el concurso de acreedores del Banco de Madrid de culpable y lo declaró fortuito. Estos procesos han generado una profusa prueba documental e inspectora que ahora los propietarios utilizan como argumento para reclamar una indemnización.
Pánico bancario y fuga de capitales
Así mismo, razonan que el Banco de España no hizo «absolutamente nada» para evitar «un pánico bancario» y la «fuga de fondo». «El Banco de España amplificó de manera exponencial las consecuencias dañosas del comunicado del FinCEN con la adopción de un conjunto de decisiones completamente innecesarias e inadecuadas respecto al Banco de Madrid como por ejemplo el concurso y después la liquidación cuando omitió otros de necesarias que le correspondería aplicar», afirma la sentencia. De hecho, acusan el Banco de España de «provocar un vencimiento anticipado de obligaciones» y «agravió de manera notoria la disponibilidad de liquidez de la entidad».
Con estos argumentos, los cuatro demandantes hacen una estimación de valoración de la entidad de 267.855 millones de euros y, por lo tanto por el grosor de su participación se los correspondería 3,93 millones a Roser Noguer; 3,93 a Ramon Cierco; y a las entidades Cierco Martínez 2-2003, SL, 3,93 millones y Sucesores de Higini Cierco Garcia, SA, 129.805 millones de euros. En total, 141.604.000 euros. Pero la decisión, relativamente inminente de la Audiencia Nacional, no solo es patrimonial, sino que tendrá una lectura política en relación con uno de los episodios más oscuros de la Operación Cataluña.