Entre bomberos no se pisan la manga. España ha decidido proteger las actividades de la policía patriótica en el Principado de Andorra, alegando que son «secretos de Estado». Así lo ha hecho saber el titular del juzgado central de instrucción número 6, Manuel Garcia Castellón, a la magistrada de la sección de instrucción número 1 de la alcaldía de Andorra, que firmaba la comisión rogatoria internacional en demanda de auxilio judicial. Además, la negativa llega después de cuatro años que la justicia andorrana formalizara la petición de documentación. Una solicitud en el marco de la investigación impulsada por la familia Pujol contra los administradores y propietarios de la Banca Privada de Andorra (BPA) y de Andbank por un delito de violación de secreto profesional previsto en el artículo 191 del Código Penal andorrano.
En concreto, fue una interlocutoria de la Audiencia Nacional del 8 de febrero de 2023 que no ha llegado a los tribunales andorranos finos el 11 de abril pasado. Una resolución, a la cual ha tenido acceso El Món, y donde el magistrado da la razón a los fiscales anticorrupción de la Audiencia Nacional, Miguel Serrano y César de Rivas Verdes-Montenegro. Los dos consideran que la «documentación e información» confiscada en la macrocausa Tándem al comisario de inteligencia jubilado, José Manuel Villarejo, sobre las actividades de la policía patriótica en Andorra está «clasificada como secreta» y podría «perjudicar la soberanía, la seguridad y el orden público así como otros intereses esenciales del país».
En definitiva, fiscalía y juez consideran que las actividades de la policía patriótica en Andorra lo fueron como funcionarios policiales «en activo» y, por lo tanto, protegidas. Incluso, ahora se admite que se utilizaron fondos reservados para pagar la trama andorrana de la Operación Cataluña. La justicia andorrana se queda con un palmo de narices después de años y cerraduras de reclamar las pruebas de las operaciones policiales contra el Procés en el Principado de Andorra, especialmente contra la familia Pujol.

Un largo proceso judicial
La petición de la documentación no ha sido flor de un día, ni mucho menos. La respuesta negativa ha requerido un larguísimo proceso judicial, porque los tribunales españoles han alargado todo el que han podido la tramitación. De hecho, la causa que justifica la demanda de información es la denuncia que el 19 de agosto de 2014 interpusieron los hermanos Pujol Ferrusola por la aparición en el diario El Món de diferentes movimientos bancarios de la familia. Los indicios apuntaban a un delito de revelación de secretos. Las primeras diligencias apuntaron a los administradores y trabajadores de las entidades BPA y Andbank y despacio, se destapó la participación de la brigada política del ministerio del Interior en el marco de la Operación Cataluña.
Con los primeros indicios claros, se interpuso una querella criminal contra el director de la BPA, Joan Miquel Nadal, sus propietarios Ramon y Higini Cierco, y los policías Celestino Barroso y Marcelino Martín Blas, exjefe de la Unidad de Asuntos Internos. Despacio se añadieron el comisario Villarejo y el director adjunto de la policía -máximo cargo uniformado del CNP- Eugenio Pino. Todo ello por una declaración judicial de Higini Cierco del 18 de agosto de 2016, donde se detallaban las presiones recibidas por los servicios policiales españoles. Para aclarar todos los hechos, había que reclamar la documentación que consta a las diligencias judiciales de la causa Tándem que depositen toda la prueba confiscada en los cacheos a las sedes del entramado de empresas de Villarejo. A partir de aquí, la comisión rogatoria enviada a 5 de febrero de 2018 dio vueltas por la Audiencia Nacional al Enjuiciado Decano de Madrid, a un juzgado de instrucción y, de retorno, a la Audiencia Nacional. Todo ello después de una retahíla de inhibitorias, diligencias de aclaración y escritos de recordatorios andorranos y escritos de impulso procesal por parte de los implicados y las víctimas del delito que se investiga.

La Fiscalía, absolutamente en contra
Una vez se determinó que el envío de la documentación e información de las actividades clandestinas de la policía patriótica en Andorra se tenía que decidir a la Audiencia Nacional entró en juego la fiscalía. El 27 de enero de 2023, los dos fiscales del caso registraban un escrito de dos páginas donde se oponían visceralmente a librar esta documentación en Andorra. Los dos fiscales interpretaban que toda la prueba acumulada estaba protegida por la Ley 9/1968 de 5 de abril, de secretos oficiales y también por la Ley 11/1995 de 11 de mayo, reguladora de la utilización y control de los créditos destinado a gastos reservados. Es decir, que las operaciones eran financiadas con fondos reservados.
En esta línea, el fiscal de Rivas Verdes-Montenegro y Miguel Serrano alegaron que los documentos reclamados abracen desde el año 2012 hasta el año 2016, cuando se jubiló. Por lo tanto, todos eran funcionarios en activo del Cuerpo Nacional de Policía adscritos a la Dirección Adjunta Operativa. Así mismo, subrayan que «realizaban funciones de captación de información, principalmente a través de fuentes humanas». «Esto quiere decir que el acceso a una parte de la información y de la documentación está vedada por la normativa de secretos oficiales», añaden. Por otro lado, alertan que dejar ver esta documentación puede «perjudicar la soberanía, la seguridad y el orden público y otros intereses esenciales del país».

El juez, de acuerdo con los fiscales
El 8 de febrero de 2023, el magistrado García Castellón dictó una interlocutoria de cinco páginas donde daba la razón a los fiscales y añadía, además, que había documentos que fueron declarados secretos por el Consejo de Ministros el 6 de junio de 2014. Es decir, antes de iniciar las diligencias de la causa Tándem. El juez aduce que acceder a la documentación «confrontaría con razones de seguridad nacional». Así no permite ni los documentos escritos, ni los audios, porque las actividades registradas eran de acuerdo con la «suya actividad profesional» de policía de inteligencia adscrito al más alto nivel de la dirección policial. Así mismo, el juez concluye que no ve suficientes razones para pedir esta desclasificación que, en todo caso, vería desorbitada.