El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha vuelto a condenar a los cuatro independentistas miembros de la Mesa del Parlamento que encabezaba Carme Forcadell durante el 1-O por haber desobedecido al Tribunal Constitucional (TC). La motivación jurídica detrás la repetición del juicio ordenada por el Tribunal Supremo ya hacía entrever una nueva condena, pero el TSJC ha decidido rebajar de manera sustancial las penas a Lluís Corominas, Anna Simó, Lluís Guinó y Ramona Barrufet. El tribunal ha condenado a los cuatro miembros de la Mesa a cuatro meses de inhabilitación y una multa de 1.200 euros. La sentencia contiene un voto particular y se puede recorrer.

En la anterior sentencia, de 2020, el TSJC condenó a Corominas, Simó, Guinó y Pitufo a 20 meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros a cada uno por desobediencia. La quinta acusada, Mireia Boya, fue absuelta. El noviembre pasado el Tribunal Supremo decidió anular la sentencia porque consideró que se había vulnerado el derecho de los acusados a tener un tribunal imparcial, puesto que dos de los magistrados que llevaron el caso –el presidente, José Luis Barrientos, y el magistrado Ramos Rubio, poniente de la sentencia– se habían posicionado públicamente sobre el fondo del juicio.

Los exmiembros de la Mesa Lluís Corominas, Ramona Barrufet, Lluís Guinó (PDeCAT), Anna Simó (ERC) y la exdiputada Mireia Boya (CUP) se dirigen al TSJC el 21 de julio del 2020 | ACN
Los exmiembros de la Mesa Corominas, Pitufo, Guinó, Simó y Boya se dirigen al TSJC el 21 de julio del 2020 | ACN

Lío procesal en la repetición del juicio a la Mesa de Forcadell

Los abogados de los cuatro políticos condenados denunciaron el lío procesal del caso en la primera sesión del nuevo juicio. Las defensas recordaron al tribunal que ninguno de los quatres acusados eran aforados, motivo por lo cual consideraron que no tenía sentido que fueran juzgados en el TSJC. También apuntaron que Carme Forcadell y Joan Josep Nuet fueron juzgados por los mismos hechos en el Tribunal Supremo. Incluso alertaron que celebrar un nuevo juicio por los mismos delitos podría vulnerar el artículo 24 de la Constitución sobre la tutela judicial efectiva. El tribunal ha rechazado todos sus argumentos.

En el texto de la sentencia, el TSJC justifica la multa de 1.200 euros porque “no se ha acreditado profesión concreta actual” de ninguno de los acusados y la “rebaja de un grado” de la inhabilitación por “la aplicación de una atenuante de dilaciones indebidas”.  Con todo, los cuatro exmiembros de la Mesa de Forcadell no podrán presentarse a las elecciones estatales del 23-J, puesto que el adelanto de la fecha las sitúa en pleno cumplimiento de la pena.

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