Hubo un tiempo en que en la política catalana, una semana era una eternidad. En poco tiempo se movían fichas y se registraban cambios de guion inesperados. Por ejemplo, elegir a un desconocido de la política catalana para el gran público, como Carles Puigdemont, presidente de la Generalitat como candidato de consenso entre CDC, ERC, Demòcrates y la CUP. Han pasado casi diez años desde entonces y las cosas, la política y los personajes, han cambiado mucho. El fiasco de la gestión del Primero de Octubre abrió una etapa de dificilísima gestión política y social, el fin del Proceso, la pandemia de la COVID, la represión sostenida contra el independentismo, el exilio, los indultos y la amnistía. Hasta que el PSC ostenta casi todo el poder institucional en Cataluña, incluso, la presidencia de la Generalitat con Salvador Illa en la casa dels Canonges.
Precisamente, la llegada de Illa a la presidencia marca la diferencia del ‘tiempo de sensación’ de la política catalana. El retorno fugaz, y travieso de Puigdemont, se registró el 8 de agosto, coincidiendo con su debate de investidura. Un año después si Puigdemont volviera lo tendría que hacer de la misma manera, un poco más complicado, porque tendría que volver a enredar a los Mossos d’Esquadra. Aunque el Tribunal Constitucional avaló a finales de junio la ley de amnistía, aún no se ha aplicado a los exiliados ni a los condenados por malversación en la sentencia del Proceso. Los avances están en la agenda procesal pero no en resultados. La amnistía no se ha aplicado ni a los síndicos del Primero de Octubre, ni a los procesados por la operación Judas en la Audiencia Nacional, ni por el actual jefe de filas de ERC en el Parlamento, Josep Maria Jové, entre otros. Los casos se encuentran abiertos en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC).
Más procesos judiciales abiertos
Un año después de la brevísima llegada de Puigdemont a Barcelona, lejos de acabar con los procesos judiciales abiertos, se han abierto nuevos. En concreto, la investigación contra tres mossos d’Esquadra –Xavier Manso, David Goicoechea y Jordi Rodrigo– acusados de facilitar el retorno de Puigdemont hacia el exilio, y, por otra parte, una instrucción judicial, ahora ya archivada, contra los manifestantes que se concentraron en el paseo del Arco del Triunfo y el parque de la Ciudadela. Unos manifestantes que, incluso, estaban acusados por los agentes de la Brigada Mòbil de la policía de la Generalitat, las unidades antidisturbios, de morderlos. La jueza ha decidido, después de tomar declaración al primer acusado, archivar el caso.

El proceso más importante abierto a raíz del retorno de Puigdemont es contra tres mossos d’esquadra. Un caso en el que organizaciones ultraespañolistas, como HazteOir, o formaciones políticas españolas como Vox, son acusaciones. El pasado día 30 de junio declaró en el juzgado de instrucción número 24 de Barcelona, que lleva la investigación del caso, el entonces comisario jefe del cuerpo de los Mossos, Eduard Sallent. El comisario, actualmente responsable de la Región Metropolitana Sur, ratificó en el juzgado que no previeron que Puigdemont volvería a marcharse el 8 de agosto. Ahora queda pendiente la declaración del jefe de la comisaría general de Información, Carles Hernàndez, prevista para el 29 de septiembre. Asimismo, la jueza ha prorrogado la instrucción seis meses más a petición de las acusaciones y del ministerio público.
La amnistía, a paso de caracol
Tampoco ha habido resolución firme de la amnistía no solo en el caso de Puigdemont, sino en el resto del exilio y los condenados por malversación por parte del Tribunal Supremo o los acusados por este delito como Jové, la exconsejera de Cultura Natàlia Garriga y el actual gerente de ERC, Lluís Salvadó. Los avances han sido básicamente procesales. El pasado 24 de junio, un Tribunal Constitucional avaló la constitucionalidad de la ley de amnistía. Una decisión, sin embargo, sostenida gracias a la mayoría progresista y que dos magistrados se habían apartado. Por seis votos a cuatro, la ley superó el trámite de la constitucionalidad con solo tres retoques de interpretación que no cambian nada del espíritu ni el objetivo de la ley.
Un aval importante que, sin duda, puede ayudar a la tramitación de los recursos de amparo presentados por los condenados y por los exiliados por el rechazo del Supremo a aplicarles la ley del olvido penal por el independentismo. Un punto que se desglosa en dos situaciones sobre si es necesario aplicar las medidas cautelares. Es decir, si a los condenados por malversación se les levanta cautelarmente la inhabilitación y, en el caso del exilio, si se retiran las órdenes de detención estatales que impiden el retorno pacífico de Puigdemont, Lluís Puig y Toni Comín.

Dos situaciones
Por un lado, el Tribunal Constitucional ya admitió a trámite el recurso de amparo de Oriol Junqueras, Raül Romeva y Dolors Bassa. Pero el fiscal jefe ante el Tribunal Constitucional, Pedro Crespo, rechazó la petición de levantamiento cautelar de la inhabilitación mientras duraba el recurso alegando que no había ningún proceso electoral a la vista y que cuando cometieron los hechos no eran profesores universitarios. Además, alegó que el tiempo de resolución medio de un recurso era mucho más corto que no la condena que resta hasta cumplir la inhabilitación, que para Junqueras son once años.
Por otro lado, el exilio también ha registrado el recurso de amparo. En el caso de Puigdemont también ha reclamado el levantamiento de las medidas cautelares, que supone levantar las órdenes de detención. El recurso se presentó con estrategia temporal. Esto es después de la sentencia del TC y después de la vista ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) sobre las cuestiones prejudiciales presentadas.
Una coincidencia temporal premeditada para facilitar la resolución rápida del recurso. El TC presentó el recurso en «avocación» en el pleno de la tercera semana de julio, pero no será hasta el primer pleno de septiembre que se abrirá la pieza separada de las medidas cautelares. Un pleno que deberá debatir y decidir si se le levanta la orden de arresto emitida por el juez instructor del Proceso, el magistrado Pablo Llarena. La resolución de las cautelares podría ser coincidente con las resoluciones del TJUE sobre las cuestiones prejudiciales.

El TJUE también forma parte del tablero de juego
Uno de los puntos más esperados de lo que ha dado el retorno fugaz de Puigdemont son las cuestiones prejudiciales presentadas por la Audiencia Nacional, por el Tribunal de Cuentas, por el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña y por un Juzgado de Vilanova en un caso como un cesto. Una mujer que llevaba un lazo amarillo cuando formaba parte de una mesa electoral. El 15 de julio se celebraron dos vistas que pueden desentrañar el aval de Europa a la ley.
Por un lado, se celebró la vista de las cuestiones del Tribunal de Cuentas impulsadas por Societat Civil Catalana sobre la legalidad europea de aplicar la amnistía por el delito de malversación que también afectaría a los procesados por el TSJC. Y, en segundo término, los acusados de terrorismo por la Audiencia Nacional en el marco de la operación Judas. La duda presentada por el tribunal especializado es confirmar que no se vulnera la directiva europea antiterrorista.