La ley de amnistía ya tiene más de un año de vida. Después de un larguísimo parto, su aplicación ha sido obstaculizada, y no fue hasta finales del pasado junio que el Tribunal Constitucional la avaló. De hecho, todavía están pendientes de resolución recursos de amparo ante el TC de los condenados o investigados por malversación en el Tribunal Supremo o en el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) o los imputados en la Operación Judas en la Audiencia Nacional, los acusados en el Tribunal de Cuentas o incluso, el caso de una señora procesada por lucir un lazo amarillo en una mesa electoral. Son casos que esperan la decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). Situaciones que contrastan con la facilidad con la que se han amnistiado policías y guardias civiles por su actuación violenta el 1-O.

Pero hay un caso especialmente clamoroso, y es el de los miembros de la Sindicatura Electoral del Primero de Octubre. Los académicos que avalaban la corrección del proceso electoral del Primero de Octubre y que todavía están pendientes no solo de la amnistía sino de un segundo juicio, porque en el primero fueron absueltos, pero un recurso de la fiscalía llevó a la Audiencia de Barcelona a revocar la absolución de primera instancia. La acusación del ministerio público es por suplantación y por desobediencia. El periplo judicial de este caso, además, se ha complicado por las vicisitudes políticas y profesionales que han vivido los procesados con cambios de aforamiento o, incluso, en el caso de Jordi Matas, en un cambio de posición de la fiscalía en una demanda civil en defensa de su honor.

La consellera d'Igualtat i Feminismes, Tània Verge, durant una roda de premsa | ACN (Gerard Artigas)
Tània Verge, cuando era consellera de Igualdad y Feminismos, | ACN (Gerard Artigas)

Cinco académicos de la UB

El caso de los Síndicos del 1-O es un manual de la absurda represión independentista. Todos cinco – Tània Verge, Marc Marçal, Marta Alsina, Josep Pagès y Jordi Matas– fueron juzgados por desobediencia y usurpación de funciones. La Fiscalía pedía 9 meses de prisión por un delito de desobediencia regulado en el 556.1 del Código Penal y dos años de prisión por el delito de usurpación de funciones públicas previsto en el artículo 402 del mismo código. Además, añaden multas e inhabilitaciones especiales, que, para un académico universitario, aún podría ser más grave, teniendo en cuenta que ni Oriol Junqueras ni Raül Romeva han podido volver a dar clase en la universidad pública. Todos fueron absueltos de las acusaciones. Pero, tras un recurso de la fiscalía, la sección octava de la Audiencia de Barcelona ordenó repetir el juicio al estimar la nulidad de la vista. Se pidió una aclaración de la sentencia porque era confusa respecto al recurso que se podía interponer.

Una vez aclarada la duda, prosiguió el procedimiento para celebrar un nuevo juicio. Entremedio cambiaron las defensas, además, se añadió un problema de aforamiento porque Pagès es diputado en las Cortes por Junts, y por lo tanto, le correspondía el Tribunal Supremo, o Tània Verges, como consellera, le correspondía el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC). Como el nuevo juicio no se ha celebrado, la causa se mantiene aún en el Juzgado 11, que es donde creen las defensas que se debe aplicar la amnistía y donde han presentado varios escritos instando su aplicación.

Marc Marçal, uno de los síndicos/Archivo

Sin noticias de la justicia

El titular del Juzgado Penal número 11 de Barcelona muestra una extraña  resistencia  a aplicar la ley del olvido penal a los miembros de la sindicatura electoral del Primero de Octubre. Las defensas, un tanto desesperadas, presentaron sendos escritos reclamando que se aplique de una vez la amnistía al ver que, a pesar de haber sido solicitada, duerme el sueño de los justos en la oficina judicial. Ha terminado el año judicial, y aún esperan la respuesta.

Respecto al último escrito presentado, el juez dictó una nueva providencia, de una sola página, el pasado mes de abril, en la que lejos de rectificar la postura de la inacción se remite a otra providencia del 30 de septiembre de 2024. Una resolución que hizo enfadar a las defensas porque no tenía nada que ver con la amnistía ni con las dilaciones de la aplicación de la ley. De hecho, era un documento que solo proveía unos recursos de dos de los síndicos, Marc Marsal y Tània Verges, interpuestos el 13 de diciembre de 2023, muchos meses antes de que la ley de amnistía fuera aprobada.

Els advocats de la defensa dels alts càrrecs independentistes en la causa del Tribunal de Comptes sobre les despeses vinculades a l'1-O al Tribunal de Justícia de la UE (TJUE) en la vista sobre la llei d'amnistia. Data de publicació: dimarts 15 de juliol del 2025, 09:24 Localització: Luxemburg Autor: Natàlia Segura
Los abogados de la defensa de los altos cargos independentistas en la causa del Tribunal de Cuentas sobre los gastos vinculados al 1-O en el Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) en la vista sobre la ley de amnistía. Fecha de publicación: martes 15 de julio de 2025, 09:24 Localización: Luxemburgo Autor: Natàlia Segura

¿Espera el TJUE?

Hará un año y aún está sin resolver”, lamentan los letrados recordando que la aplicación corresponde de oficio y que, además, en este caso ya se ha instado de parte y no solo una vez. “Es simplemente negarse a resolver”, concluyen los abogados y los académicos. De hecho, los Síndicos habían llegado a poner sobre la mesa abrir acciones penales contra el juez por esta resistencia a aplicar la ley.

Una opción que por ahora no tomarán porque especulan que el juez espera resoluciones concretas del Tribunal de Justicia de la Unión Europea respecto a las cuestiones prejudiciales presentadas por tres instancias judiciales y una administrativa. Una situación que roza el abuso procesal porque el juez se ha ahorrado presentarla y así ha esquivado el posicionamiento de las partes en un proceso nuevo. Además, la curiosidad es que uno de los Síndicos, Marc Marçal, fue uno de los abogados que defendió la amnistía en los procesados por el Tribunal de Cuentas ante el TJUE en la vista del pasado 15 de julio en la sede de la corte europea.

Jordi Matas, durant la seva intervenció a la UCE 2023/Josep Maria Montaner
Jordi Matas, durante su intervención en la UCE 2023/Josep Maria Montaner

Casos individualizados

Vale decir que, el caso de los Síndicos aún se ha complicado más por los cambios y situaciones concretas de cada acusado. Así, Verges fue nombrada consellera y su caso, en principio, debía ir al Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, y ahora aún como diputada tiene el mismo aforamiento. El caso de Pagès es similar, pero, con la diferencia de que su escaño está en el Congreso y, por lo tanto, el aforamiento, corresponde al Tribunal Supremo, siempre que la cámara conceda el suplicatorio.

Por su parte, el politólogo Jordi Matas ha visto cómo la fiscalía le daba la espalda en una demanda en defensa de su honor por una publicación que recordaba una denuncia por acoso en la Universidad que fue archivada, incluso, por el claustro universitario. El caso fue recuperado paralelamente a la negociación de la ley de amnistía y se interpuso la demanda porque entendían que atentaba a su honor. Después de aclarar el caso y los márgenes del juicio en las audiencias previas, un cambio de juez y de posicionamiento de la fiscalía antes de iniciar la vista oral, complicó el caso. Finalmente, la demanda fue desestimada y ahora se encuentra en manos de la Audiencia de Barcelona, a través de un recurso de apelación que podría marcar doctrina.

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