Este jueves será un día especial para el poder judicial español. La sección quinta de la Sala Tercera del Contencioso–administrativo del Tribunal Supremo se reunirá por «deliberar» sobre los recursos presentados contra los indultos otorgados a los presos políticos Jordi Sànchez y Jordi Cuixart. Una convocatoria que coincide con el inicio de las conversaciones entre el independentismo y el gobierno español en funciones por una ley de amnistía y una eventual articulación del derecho a la autodeterminación.

El cónclave ha sorprendido los abogados de la defensa y los impulsores formales de los indultos, que ven que el Supremo no se ha esperado ni siquiera a evaluar todos los recursos en bloque. De hecho, consideran que ha sido una decisión «apresurada» y que implica cierta «intencionalidad política». La decisión de los magistrados llega después de un largo proceso judicial y muy contradictorio del mismo Tribunal Supremo que en este caso: solo por el hecho de admitir los recursos a última hora, ya ha partido su propia doctrina de no entrar a valorar estas decisiones del poder ejecutivo.

La reunión de deliberación del recurso también llega una semana después de la ceremonia oficial de la apertura del año judicial. Un acto que reunió el rey español, Felipe de Borbón, con la venia del Poder Judicial y donde los togados ya dejaron caer extraoficialmente su malestar por una eventual amnistía al independentismo. De hecho, en las conversaciones de pasillo, los magistrados ya apuntaban que habían puesto en marcha la máquina para pensar qué estrategia utilizarían para neutralizar una ley de estas características. De momento, la opción preferida es la de la cuestión de inconstitucionalidad, un procedimiento extraordinario con que los magistrados pueden parar un caso –se aplicaría a cada petición de ejecución de la amnistía– preguntando al Tribunal Constitucional por la constitucionalidad de una ley que tienen que aplicar y que los genera dudas.

Jordi Sànchez i Jordi Cuixart, el dia de l'alliberament dels presos polítics de l'1-O per l'indult, a la sortida de Lledoners / Jordi Borràs
Jordi Sànchez i Jordi Cuixart, el dia de l’alliberament dels presos polítics de l’1-O per l’indult, a la sortida de Lledoners / Jordi Borràs

Un proceso extraño y contradictorio

La deliberación sobre los indultos llega después de un proceso sorprendente. El mes de enero del 2022, el mismo Tribunal Supremo razonó que PP, Ciudadanos y Vox no estaban legitimados para recorrer los indultos. La razón esgrimida era que no tenían ningún interés legítimo en el caso. De hecho, ya antes, el junio del 2021, fue el mismo Manuel Marchena, poniente de la sentencia del Proceso que condenó a los acusados a un total de 99 años de prisión, quien echó Vox del procedimiento de petición de indultos. Y lo hizo con un argumento expuesto por el abogado de Jordi Sànchez, Jordi Pina, que había argüido que la ley del indulto no permite las acusaciones populares. La razón de la sala de lo penal consistió a aplicar el artículo 24 de la ley de 18 de junio del 1870, que no determina ni prevé el dictamen de la acción popular y limita la petición del informe al ministerio fiscal y a la parte perjudicada del delito. En este caso, la única parte perjudicada podría haber sido la Abogacía del Estado, que no se opuso a los indultos porque ya daba por saldado la deuda de los condenados.

Pero, curiosamente, el mayo del 2022, la magistratura del Contencioso–administrativo cambió su posición y decidió que admitía a trámite los recursos contra la medida de gracia. El 9 de junio, la sección emitió una nueva interlocutoria con que dejaba fuera de la revisión de los indultos a Carme Forcadell, Joaquim Forn i Josep Rull porque habían «perdido el objeto» –no estaban condenados por malversación. En cambio, se aseguraba revisar el resto de indultos, que además de los de Sànchez y Cuixart son los de Oriol Junqueras, Raül Romeva, Jordi Turull y Dolors Bassa. Un aviso a navegantes con toda regla que dejaba abierta la puerta a cortar las alas a Pedro Sánchez en su estrategia de acercamiento al independentismo. Ahora, la sección quinta tiene que deliberar teniendo presente que sus compañeros de toga de la sala de lo penal se opusieron al otorgamiento del indulto. Y, con otro factor suficiente enterbolidor, que la más alta magistratura ha mostrado su malestar e incomodidad con la aprobación de una virtual ley de amnistía de los independentistas. 

Manuel Marchena, en la apertura del año judicial del año pasado/EFE Pool CGPJ

Las mayorías, cambiantes

Después de que, el enero del 2022, la sección quinta decidió en primera instancia rechazar los recursos, dos de los tres jueces que habían defendido no admitirlos –Segundo Menéndez y Ángeles Huet– cambiaron de destino. En cambio, los dos que querían admitir a trámite en primera instancia los recursos de los partidos y entidades españolistas, Fernando Román y Wenceslao Olea, se mantuvieron en la sección. Entonces se incorporó la conservadora Inés Huerta Garicano, y la mayoría cambió.

Hay que tener presente que Carlos Lesmes, expresidente del Consejo General del Poder Judicial, dimitió de este cargo el 11 de octubre del 2022 por su disconformidad con la situación en que se encuentra el órgano, pendiente de renovación desde hace años. Y, en un tiempo récord -solo cinco días después– Lesmes se reincorporó a la sección quinta del Supremo. Lesmes finalmente ha sido recusado y se tuvo que apartar, pero su ascendiente sobre la sala es notoria y evidente. Este es uno de los puntos que dispara más las especulaciones de las defensas. Su sustituto es el presidente de la sala, Pablo de Lucas.

El presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, al acto de apertura del año judicial con el rey Felipe VI | ACN (Pool EFE / J.J Guillén)
El presidente del CGPJ, Carlos Lesmes, al acto de apertura del año judicial con el rey Felipe VI | ACN (Pool EFE / J.J Guillén)

Cuixart y Sànchez, los primeros 

En concreto, los magistrados de la sección quinta tienen que revisar dos recursos de Vox y uno de Ciudadanos respecto a los indultos de Cuixart y Sànchez. La base del recurso es que los dos fueron condenados por sedición, pero con la derogación del delito por la reforma del Código Penal, la sala de lo penal del mismo Tribunal Supremo consideró que los hechos probados de la sentencia que los condenó se podrían meter en el nuevo delito de desórdenes públicos, que también comporta prisión e inhabilitación. Hay que recordar que los dos fueron condenados a 9 años de prisión e inhabilitación.

El posicionamiento de los magistrados señalará el camino del resto de procesados. En esta línea, el tribunal tiene que fijar fecha para deliberar los recursos contra Junqueras, Romeva, Turull y Bassa que fueron condenados por sedición y malversación. Una vez fue derogada la sedición, la sala de lo penal sustituyó la condena por la desobediencia y mantuvo la malversación. Un elemento que los podría hacer volver a entrar la prisión si la sala mantiene las penas a que fueron condenados el 14 de octubre del 2019, que fueron de 13 años para el presidente de ERC y 12 años para el resto de consejeros.

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