El estrambótico auto del pasado 6 de octubre sobre el Tsunami Democrático está haciendo extraños compañeros de viaje. El ejemplo más evidente es la adhesión en puridad al recurso presentado por el jefe de la fiscalía antiterrorista, Miguel Ángel Carballo, por parte de Josep Lluís Alay, jefe de la oficina del presidente de la Generalitat en el exilio, Carles Puigdemont. Según un escrito al cual ha tenido acceso El Món, la defensa de Alay se apunta a los argumentos de la fiscalía para intentar parar la instrucción por delitos de terrorismo contra las actuaciones y manifestaciones convocadas a través de la plataforma Tsunami Democrático. Una instrucción dirigida por el titular del juzgado de instrucción 6 de la Audiencia Nacional, que ya ha imputado, entre muchos otros, el mismo presidente Puigdemont o la secretaria general de ERC, también en el exilio, Marta Rovira.

Pero, además, la defensa de Alay, que dirige Gonzalo Boye, recuerda al juez que se adhiere al recurso cuando aún no se le ha dado traslado ni de la interlocutoria de imputación. Y más, en un entorno a comentarios que indican que las citaciones para declarar ante el juez podrían ser comunicadas la semana entrante. Así, el letrado reprocha al magistrado instructor que todavía no le ha hecho llegar ni las diligencias del caso, a pesar de que ya ha presentado hasta tres escritos reclamándolas. Un hecho que ya apunta como argumento de vulneración del derecho a la defensa.

Miguel Ángel Carballo, en un momento de presentar su informe final
Miguel Ángel Carballo, en un momento de presentar su informe final

«Nunca es tarde» para rectificar, alerta Boye al juez García Castellón

El escrito de Alay asevera: «Asiste la razón al ministerio fiscal en el hecho de que en el caso que nos ocupa de ninguna forma podría atribuirse este juzgado la competencia material respecto de los hechos investigados, atendido a que no se ha conseguido acreditar, ni siquiera indiciariamente, ninguno de los requisitos que la jurisprudencia ha establecido para identificar una organización o grupo criminal, ni mucho menos, una organización o grupo de esta naturaleza de carácter terrorista –tipo penal este último que sería la única justificación para mantener la competencia de la Audiencia Nacional». El escrito recuerda que hace días que lo explica, incluso, el fiscal, pero «nunca es tarde» para rectificar.

De aquí, que Alay considera que el escrito de fiscalía es casi un escrito de defensa de los imputados a la vista de las «innumerables razones para desestimar el carácter delictivo de los hechos investigados, la imposibilidad de atribuir ninguna responsabilidad penal por aquellos hechos a los investigados y, en todo caso, la carencia de competencia material para intervenir en el caso». Por eso, pide el archivo y que, en todo caso, la causa pase a un juzgado ordinario de Barcelona por un delito de desórdenes públicos y se revise, por su debilidad y especulación, la acusación de los imputados.

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