Un error garrafal del juez de la Audiencia Nacional que lleva el caso Tsunami Democrático podría anular toda la causa que investiga por terrorismo a Carles Puigdemont, Marta Rovira y una decena de independentistas más. Según avanza
El escrito del magistrado lleva fecha del 30 de julio del 2021 —a pesar de que el texto asegura que la prórroga empieza a contar a partir del día antes, el 29 de julio—, pero la firma electrónica es del 2 de agosto, es decir, tres después del límite legal. Tres de los imputados quieren aprovechar este baile de fechas y han presentado recursos de reforma ante el mismo García Castellón y ante la sala de lo Penal de la Audiencia Nacional para solicitar la anulación de la causa.

Instrucción forzada y con cambios a medida para esquivar la amnistía
Después de esta prórroga, el magistrado del Juzgado de Instrucción Central 6 de la Audiencia Nacional ha firmado cuatro más, de seis meses cada una, para estirar la investigación y mantener la presión sobre el independentismo. En las últimas semanas, y coincidiendo con la tramitación de la ley de amnistía en el Congreso de los Diputados, García Castellón no ha dudado en adaptar los delitos que imputa a Carles Puigdemont y el resto de investigados para evitar que puedan acogerse a la medida de gracia.
Los imputados que han presentado recurso por el defecto de forma hay Josep Lluís Alay, jefe de la oficina de Puigdemont; el abogado y ex consejero de Gobernación, Xavier Vendrell; y la secretaria de Movimientos Sociales de ERC, Marta Molina. Alay y Vendrell han presentado un recurso ante el juez, mientras que Molina ha optado por ir directamente a la Audiencia Nacional. Los tres reclaman anular todas las diligencias de instrucción acordadas después del 29 de julio de 2021.
Ni la fiscalía ni el juez ven errores
Con todo, ni la fiscalía ni el mismo consideran que haya ningún error de procedimiento. De hecho, García Castellón se sacude cualquier responsabilidad sobre el retraso. “La resolución del 30 de julio de 2021 existió, se redactó y se elaboró en la fecha señalada. Su incorporación al sistema de tramitación procesal en la fecha de la firma [2 de agosto de 2021] pudo deberse a multitud de circunstancias que escapan de la función de este magistrado, que es la de resolver y tomar decisiones, no la de tramitar el procedimiento”, dice el juez. El escrito del magistrado objeto de recurso contiene otros errores e irregularidades, como fechas que no coinciden con el calendario del Proceso o incumplimientos de los plazos establecidos por la ley para trasladar interlocutorias a la fiscalía.