Trámite sobre la aplicación de la sentencia condenatoria a la expresidenta del Parlamento, Laura Borràs. Este mediodía, Borràs, acompañada de su abogado Gonzalo Boye, ha cumplido el requerimiento del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) con el que le comunica formalmente y personalmente la inhabilitación, que fue confirmada por el Tribunal Supremo el pasado 10 de febrero.

En concreto, la alta magistratura impuso inhabilitación durante 13 años para Laura Borràs y durante 4 años y 1 día, y 1 año y 10 meses para los otros dos condenados. Y fijó multas con cuotas de 80 euros, 10 euros y 15 euros por tiempo de 15 meses, 7 meses y 5 meses respectivamente. En todo caso, este mediodía le han comunicado a Borràs la resolución y ahora los abogados deben analizar qué día comienza el cómputo de aplicación sobre su inhabilitación —es decir, desde que fue inhabilitada por el Parlamento, a requerimiento de la Junta Electoral, el 1 de junio de 2023— y los plazos de pago de la multa impuesta.

En resumen, el TSJC ha puesto en marcha el reloj de la ejecución de la condena y piden a los condenados que “se abstengan de llevar a cabo las actividades, ocupaciones o cargos para los cuales han sido inhabilitados” y “abonen las multas impuestas”.

El president del TSJC, Jesús María Barrientos, en la seva compareixença davant la comissió de Justícia del Parlament / ACN
El presidente del TSJC, Jesús María Barrientos, en su comparecencia ante la comisión de Justicia del Parlamento / ACN

A la espera del indulto

De hecho, la defensa podría pedir una vista para solicitar cómo puede ser la ejecución de la sentencia. Una idea que aún no se han planteado. En este sentido, sí que apuntan que quizás presenten un escrito de aclaración. En este sentido, Borràs recuerda que la sentencia solo la inhabilitaba para cargo público, pero le permitía continuar las clases en la Universidad. “Podré continuar dando clases, eso ya está claro”, comentó Borràs a la salida del Palacio de Justicia.

Por otra parte, Borràs también ha sido notificada de la petición de indulto que se “solicita para que afecte, exclusivamente, mientras supera los dos años de la pena impuesta de 4 años, seis meses y un día”. Además, acuerda suspender esta condena de prisión hasta que se resuelva la propuesta de indulto parcial formulada por el Tribunal y que deberá ser aprobada por el Consejo de Ministros.

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