Finalmente, la sala de apelaciones del Tribunal Supremo ha apoyado a su compañero de toga, el magistrado Leopoldo Puente, y ha desestimado el recurso de Santos Cerdán contra su encarcelamiento provisional dictado el pasado 1 de julio. Después de veintidós días, la sala del Supremo configurada por los magistrados Juan Ramón Berdugo, Antonio del Moral y Pablo Llarena, que es el ponente de la resolución, han decidido que el exnúmero 3 del PSOE continúe en la prisión de Soto del Real.
Los tres magistrados siguen los razonamientos del togado instructor y del fiscal en jefe anticorrupción, Alejandro Luzón, que, como las acusaciones populares pedían que continuara en prisión provisional. Las razones, el riesgo de destrucción de pruebas que aún podrían aclarar o acreditar una supuesta trama que, con Cerdán, habían montado el exministro José Luis Ábalos y el exasesor ministerial, Koldo Garcia, para cometer, a juicio del juez, tráfico de influencias y soborno a través del cobro de comisiones a cambio de adjudicaciones de la administración. Además, del papel protagonista en la trama que le atribuyen a Cerdán.

Las dudas sobre la validez de las grabaciones de Koldo García
La defensa, ejercida por los abogados Benet Salellas y Jacobo Teijelo, aprovechó la vista en la sala de apelaciones del Supremo de ayer para intentar desvirtuar la prueba recogida hasta ahora, básicamente los audios grabados por Koldo García. Su tesis se construye sobre la idea de fondo de que el hombre que hasta hace poco era la mano derecha de Pedro Sánchez en el PSOE es víctima de una causa política, con una investigación del UCO de la Guardia Civil que cuestionan de arriba a abajo. De hecho, ninguno de los otros implicados permanece en prisión, y solo tienen medidas de control como la retirada del pasaporte o la prohibición de salir del estado. Pero la idea del instructor de que Cerdán era el jefe de la trama sigue persistiendo en el Tribunal Supremo.
Según el auto, el mismo Cerdán, en su declaración ante el Instructor, «tampoco negó las conversaciones, sino que las desautorizó utilizando exculpaciones abiertas pero compatibles con su existencia». «En concreto manifestó que no recordaba haber mantenido esa clase de conversaciones y que estas no estarían completas o estarían descontextualizadas», recogen los magistrados.
Para la sala, las conversaciones grabadas «tampoco ofrecen en este momento ningún aspecto para creer que fueran elaboradas para comprometer falsamente al recurrente», ni que hayan podido ser parcialmente manipuladas por Koldo García o por los agentes que las intervinieron. En primer lugar, porque en todas aparece Koldo García como uno de los interlocutores, y es precisamente este investigado quien tenía los dispositivos electrónicos con los que se grabaron. Por otro lado, porque las conversaciones «no presentan ningún reflejo de haber sido editadas, ya que tienen un flujo continuo y cada una presenta una fecha y hora diferentes en los metadatos asignados al crearse cada archivo digital».
«Indicios poderosos»
En todo caso, los tres magistrados concluyen que los indicios recogidos en la instrucción sobre la actuación delictiva y la participación de Santos Cerdán en la trama «son nutridos y poderosos». De hecho, destacan el «conjunto de conversaciones telefónicas protagonizadas por los mismos investigados y que resultan claramente indicativas y confirmatorias de la realidad que se investiga, todas encontradas en dispositivos electrónicos que confiscaron con ocasión de la entrada y registro efectuado en el domicilio de Koldo García Izaguirre». La Sala indica que el instructor «considera estas conversaciones extraordinariamente elocuentes de la realidad de los hechos, de la participación en ellos de los investigados y que el recurrente ostentaba en la trama unas funciones preeminentes y de dirección».