Nueva etapa en la aplicación de la amnistía en la instrucción del caso contra el presidente en el exilio Carles Puigdemont. Después de que su defensa presentara el recurso de amparo el pasado viernes ante el Tribunal Constitucional por la persistente inaplicación de la ley del olvido penal por el independentismo, ya se ha puesto en marcha la maquinaria procesal. Fuentes del TC consultadas por El Món, aseguran que se ha esbozado el calendario de la resolución del amparo y, de rebote, sobre las medidas cautelarísimas demandadas, principalmente, el levantamiento de las órdenes de detención emitidas por el juez instructor de la causa Pablo Llarena, que limitan el retorno de Puigdemont.

Así, en el plenario previsto para esta semana, que se inicia este martes, se realizará lo que técnicamente se denomina “la avocación” del recurso de amparo. Es decir, la sala que ha recibido el recurso por turno de reparto lo llevará a plenario para decidir su tramitación. Una vez finalizado este trámite, y sigue el camino procesal habitual, las mismas fuentes sitúan el debate y deliberación de la admisión a trámite del recurso de amparo, en el primer plenario del mes de septiembre.

Imagen del edificio del Tribunal Constitucional (TC) en Madrid / Miquel Vera (ACN)
Imagen del edificio del Tribunal Constitucional (TC) en Madrid / Miquel Vera (ACN)

Admisión y cautelarísimas

Será este día, cuando los magistrados decidirán sobre las medidas cautelarísimas solicitadas en el recurso. Por otra parte, también abrirán una pieza separada para las medidas cautelares. La diferencia entre unas medidas y otras es que las cautelarísimas son “in audita parte”, es decir, una decisión unilateral de los magistrados sin necesidad de escuchar a las partes. Las cautelares son un procedimiento abreviado donde participan las partes implicadas en el proceso judicial que ha llevado la demanda al TC. De esta manera, aunque el martes comienza la singladura del recurso, no será hasta septiembre que se debata sobre las cautelarísimas. Por ahora, sin embargo, no se contempla ningún otro calendario que supondría que la decisión de las cautelarísimas la tome la sala de vacaciones del Tribunal Constitucional.

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