La magistrada de la Sala de lo penal del Tribunal Supremo, instructora de la causa del Tsunami Democrático por terrorismo, Susana Polo ha citado como investigados el presidente al exilio, Carles Puigdemont y el secretario de la mesa del Parlamento, el republicano Ruben Wagensberg. La interlocutoria los cita para que presten declaración voluntaria entre los días 17 a 21 de junio. Una resolución que los permitiría hacer su declaración con videoconferencia. La fecha es por un mes después de la celebración de las elecciones.
En una interlocutoria, notificada hoy, la magistrada alerta a los investigados, tendrán que asistir acompañados de abogado. Eso sí, una vez que se averigüe el paradero y el domicilio. Por eso, la jueza ha cursado Orden Europea de Investigación (OEI) y/o Comisión Rogatoria Internacional en materia penal, a través del sistema Eurojust.
La base de la resolución es la interlocutoria dictada por la sala de admisiones del mismo Tribunal Supremo del pasado 29 de febrero. En concreto, cuando la sala que preside Manuel Marchena respondió la exposición razonada que el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 de la Audiencia Nacional, Manuel Garcia Castellón, remitió para continuar la instrucción sobre las protestas postsentencia del Proceso, entre el 14 de octubre y el diciembre de 2019.

Derecho de defensa
La magistrada, a pesar de que fija la fecha de la declaración en cinco días de junio, se muestra flexible dando por sentado que se acabará de perfilar la fecha con las defensas de los investigados. De hecho, la magistrada Polo, no muy amiga del Proceso, mantiene una equilibrada postura en su resolución de cuatro páginas. En este sentido, baza la decisión en el artículo 486 Ley de Enjuiciamiento Criminal que determina que «a persona a quien le sea imputada un acto punible tendrá que ser citado solo para ser escuchado…». Una citación que tendría una doble función, según la instructora. En primer término, como una simple diligencia de investigación y, y de forma paralela, constituye una garantía del derecho de defensa».