Nueva faceta en el caso de Sixena. El Museo Nacional de Arte de Cataluña (MNAC) ha presentado un escrito de alegaciones al Juzgado de Huesca con el que solicita detener el cronograma de la ejecución de la sentencia. Todo esto a la vista del informe que la misma institución ha entregado a la jueza donde se pone negro sobre blanco el riesgo «crítico» del traslado tanto a corto como a largo plazo, así como la falta de colaboración de las instituciones aragonesas para completar el plan de riesgos presentados. De hecho, el MNAC asegura que no puede pasar a la siguiente fase del traslado porque la información es «incompleta» sobre dónde serán depositados o expuestos los murales.
En el escrito, al que ha tenido acceso El Món, el MNAC pide a la jueza que requiera al Instituto del Patrimonio Cultural Español (IPCE) y/o al Centro Internacional de Estudios para la Conservación y la Restauración de los Bienes Culturales (ICCROM) para la revisión y validación del Informe de Evaluación de Riesgos del MNAC presentado al juzgado donde alerta de la destrucción de las pinturas. Dos instituciones que hasta ahora se han mantenido al margen. Los servicios jurídicos del MNAC no se abstienen de mostrar su «perplejidad» por las decisiones de las administraciones aragonesas que parecen no querer avanzar en la ejecución y muestran un desinterés palpable en los documentos que alertan de los peligros del traslado para la supervivencia de las pinturas.

Un escrito durísimo de los abogados del Museo
El escrito de los servicios jurídicos del MNAC es especialmente duro con la parte contraria, en el entendido de que han ignorado el denso informe de 63 páginas, al que ha tenido acceso El Món, redefiniendo los peligros y riesgos del traslado. En este sentido, alertan que nunca han hecho caso a las peticiones del MNAC para que les informaran del lugar donde serían expuestos los murales y en qué condiciones. Una condición sine qua non para proceder al traslado. Por eso, el Museo se niega a continuar y pide detener el cronograma así como solicitar que los técnicos del ministerio de Cultura realicen el trabajo y evalúen el informe presentado por el MNAC.
«Lo que lleva al MNAC a la más absoluta perplejidad», asegura el texto, es que las administraciones aragonesas exigen poder poner la documentación técnica sobre el traslado elaborada por el MNAC en manos de los técnicos de Aragón. «Un hecho que», a criterio del letrado, «se deduce porque casi siete meses después» de que el MNAC la presentara, «parece que esta importante documentación técnica presentada por el MNAC no ha sido consultada aún por el ejecutante». «Es realmente extraño que, sin conocer esta documentación técnica del MNAC, el ejecutante Comunidad Autónoma de Aragón haya podido formarse una opinión técnica –y tomar las consiguientes decisiones procesales– sobre los múltiples y complejos aspectos técnicos de la presente ejecución», atacan los servicios jurídicos del MNAC.
Imposible continuar
En el escrito, el MNAC manifiesta «su imposibilidad de continuar avanzando en las fases de cumplimiento siguientes del cronograma hasta que el Informe de Evaluación de Riesgos esté completo». Es decir, hasta que el Gobierno de Aragón no diga su opinión y aporte la información que falta. En caso contrario, el MNAC «no puede licitar el encargo para la elaboración del proyecto técnico para el cumplimiento de la sentencia condenatoria mediante el traslado de las pinturas murales de la sala 16 del MNAC a la sala capitular del Monasterio de Vilanova de Sixena si el informe no está completo».
«Este proyecto debe comprender necesariamente elementos, datos e informaciones que el MNAC desconoce en este momento», remarca la institución. «Si el Tribunal desea -y hay que entender que es lo que desea-«, sopesa irónicamente, «que el cumplimiento de la sentencia se realice de acuerdo con los estándares internacionales más altos y las mejores prácticas observadas en la materia por las instituciones museísticas más significativas, deberá ejercitar su función de dirección del presente procedimiento de ejecución de títulos judiciales requiriendo al ejecutante Comunidad Autónoma de Aragón para que proporcione las informaciones». Si el juzgado se desentiende, no se puede continuar la licitación del traslado.
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